Ayudas para apoyo a centros tecnológicos.

Código de ayuda:

S07437/07

Norma:

ORDEN ITC/70/2007, de 19 de enero. Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se dirigirán a las actuaciones y proyectos que presenten los Centros Tecnológicos encaminados a alguno de los siguientes objetivos:

a) Potenciar las unidades de investigación, y desarrollo tecnológico de los Centros Tecnológicos con el fin de mejorar su capacidad de generación de tecnología y su posterior transferencia a las empresas.

b) Potenciar la realización de proyectos de I+D+I de mayor riesgo tecnológico que impliquen una mayor complejidad técnica y fomentar aquellos que impliquen la aplicación de desarrollos tecnológicos en las empresas mediante la realización de experiencias piloto, demostración tecnológica, diagnóstico tecnológico y otras actuaciones de investigación o difusión.

c) Apoyar la participación de los Centros Tecnológicos en Programas Internacionales, en especial el Programa Marco Europeo de apoyo a la I+D+I, así como aquellas actuaciones que propicien la participación de las empresas españolas en proyectos internacionales de cooperación.

d) Fomentar la cooperación entre Centros Tecnológicos para una mejor eficacia de los recursos existentes y la consecución de la necesaria masa crítica que permita abordar determinados proyectos de desarrollo
tecnológico, especialmente en aquellas áreas en las que sean complementarios, de forma que se optimicen al máximo las posibles sinergías.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, y Comercio ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los Centros Tecnológicos inscritos como Centro de Innovación y Tecnología (CIT) en el Registro regulado por el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritariamente de las Administraciones Públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de investigación industrial.
b) Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo.
c) Proyectos de desarrollo tecnológico.
d) Acciones complementarias.
e) Acciones complementarias de cooperación internacional.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/01/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 22
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento