Ayudas para apoyar las actividades de los grupos de investigacion (SGR).- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S45700/13

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2663/2013, de 12 de diciembre. RESOLUCIÓN ECO/240/2015, de 10 de febrero. RESOLUCIÓN EMC/1887/2016, de 25 de julio. RESOLUCIÓN EMC/886/2017, de 24 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a los grupos de investigación de Cataluña que trabajan en las diferentes áreas científicas, para reconocer y promover la investigación de calidad, la transferencia de conocimiento y la internacionalización de sus actividades científicas.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable será de 8.000 euros por doctor o doctora miembro del grupo durante el periodo de los tres años.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los grupos de investigación de las universidades ubicadas en Cataluña, los centros públicos y privados y las fundaciones hospitalarias ubicadas en Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Grupos de investigación emergentes (GRE): grupos con una trayectoria breve de trabajo conjunto pero con potencial para convertirse en grupos de referencia consolidados en su ámbito en el periodo de la convocatoria.

Un grupo solo podrá tener la condición de emergente durante el periodo de una convocatoria.

Grupos de investigación consolidados (GRC): grupos con una trayectoria de trabajo conjunto consolidada, que haya permitido desarrollar una actividad científica estable y conseguir resultados y aportaciones reconocidas dentro de su ámbito.

Requisitos:

Grupos de investigación emergentes (GRE)

a) Trayectoria: los GRE deben tener una trayectoria breve de trabajo conjunto, que en ningún caso puede ser superior a los tres años. Sin embargo, y para demostrar el potencial de los miembros para consolidar el grupo, deben indicarse las acciones científicas que han llevado a cabo conjuntamente algunos miembros del grupo. La trayectoria conjunta se podrá demostrar, en este sentido, a través de diferentes indicadores: publicaciones; proyectos de investigación; contratos o convenios; acciones de transferencia; organización de seminarios, congresos o reuniones científicos; organización y dirección de másteres o programas de doctorado, etc. Por acción conjunta se entiende aquella en la que hayan participado como mínimo dos miembros del grupo.

b) Miembros: los GRE deben estar formados por un mínimo de tres investigadores, dos de los cuales deben ser doctores vinculados estatutariamente o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación y con dedicación completa. Los contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos similares se equipararán a contratos de dedicación completa. Uno de estos tres investigadores doctores deberá asumir la coordinación del grupo.

c) Proyectos: algún miembro del GRE deberá tener o haber tenido, como investigador responsable, un proyecto de investigación, un contrato o un convenio de investigación (de como mínimo 20.000 euros) en activo durante el periodo 2009-2013.

Grupos de investigación consolidados (GRC)

a) Trayectoria: los GRC deben tener una trayectoria consolidada de trabajo conjunto mínima de tres años. Para demostrar esta trayectoria, deben indicarse las acciones científicas que han llevado a cabo conjuntamente algunos miembros del grupo. La trayectoria conjunta se podrá demostrar, en este sentido, a través de diferentes indicadores: publicaciones; proyectos de investigación; contratos o convenios; acciones de transferencia; organización de seminarios, congresos o reuniones científicos; organización y dirección de másteres o programas de doctorado, etc. Por acción conjunta se entiende aquella en la que hayan participado como mínimo dos miembros del grupo.

b) Miembros: los GRC deben estar formados por un mínimo de cinco investigadores, tres de los cuales deben ser doctores vinculados estatutariamente o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación y con dedicación completa. Los contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos similares se equipararán a contratos de dedicación completa.

Uno de estos dos investigadores doctores deberá asumir la coordinación del grupo.

c) Proyectos: el grupo debe acreditar tener o haber tenido como mínimo un proyecto de investigación, un contrato o un convenio de investigación (de como mínimo 20.000 euros) en activo durante el periodo 2009-2013. El investigador o la investigadora responsable del proyecto, el contrato o el convenio debe ser un miembro del grupo.

d) Dirección de tesis doctorales: debe haberse dirigido, entre el conjunto de miembros doctores del grupo, un+mínimo de dos tesis doctorales durante el periodo 2009-2013. Las tesis dirigidas deben haberse leído en el momento de presentar la solicitud o tener la fecha fijada para su lectura.

Para ambas modalidades

a) Un mismo investigador o investigadora no puede constar como miembro en más de una solicitud.

b) Los miembros de los grupos pueden ser de diferentes instituciones de Cataluña.

c) Los investigadores de instituciones de fuera de Cataluña o vinculados a empresas o a administraciones podrán constar en la solicitud como colaboradores del grupo de investigación.

Las colaboraciones no computarán como miembros del grupo.

d) El personal de apoyo administrativo y el personal técnico de apoyo a la investigación que no tengan carácter investigador no computarán como miembros del grupo.

e) El personal investigador predoctoral podrá constar como miembro del grupo si tiene una vinculación mediante beca o contrato con alguna universidad o centro de investigación de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6525
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 19/02/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6814
Documento: Ampliación presupuesto Descargar Documento
Boletín: 02/08/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7175
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento
Boletín: 27/04/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7358
Documento: Ampliación plazo justificación 2017. Descargar Documento