Ayudas para agricultores miembros de agrupaciones de defensa fitosanitaria.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S34237/11

Norma:

ORDEN de 8 de junio de 2011. ORDEN de 19 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas para el año 2012, según la Orden de 8 de junio de 2011 (DOG nº 114, de 15 de junio) por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para agricultores miembros de agrupaciones de defensa fitosanitaria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los agricultores que desarrollen su actividad en los sectores de producción de huerta, frutal y/o vid, que pertenezcan a una ADF y empleen sus servicios para el desarrollo de un programa de defensa fitosanitaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas destinadas a sufragar los costes de los servicios recibidos por el beneficiario prestados por el personal técnico contratado por las ADF para la realización de tareas de seguimiento, detección y diagnóstico de plagas, recomendaciones de tratamientos, seguimiento de su evolución, auxilio en la formalización del cuaderno de explotación y otras actuaciones técnicas durante el período de producción de su cultivo y hasta el 15 de octubre
del año de la convocatoria.

La ayuda será del 70% del coste del servicio, con un máximo de 700 euros por agricultor, cuando la ADF tenga hasta 25 miembros, y disminuirá proporcionalmente cuando el número de socios pertenecientes a la misma entidad sea superior a este número.

2. Ayudas para adquisición por el beneficiario del material de técnicas de control que puedan suponer una innovación y mejora en las técnicas de control contra organismos nocivos que atacan los cultivos del programa de 50 euros por agricultor.

Esta ayuda sólo será concedida una vez sean atendidas las solicitudes de ayuda del apartado primero.

Requisitos:

1. Los agricultores pertenecientes a las ADF que soliciten las ayudas deberán tener suscrito el reglamento de régimen interno en el que se exprese la aceptación de las actuaciones de control fitosanitario que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos asociados, así como cumplir los compromisos y obligaciones exigidas en los artículos 7 y 14 de esta orden.

2. Sólo podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agricultores pertenecientes a las ADF que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que estén formadas por un número mínimo de 10 agricultores, que integren una superficie mínima suficiente para la mejor eficacia de las técnicas de lucha que van a aplicar y para que resulte económico el mantenimiento del técnico y demás equipamiento utilizado por la entidad.

b) Que tengan suscrito un contrato laboral a tiempo total con el técnico que dirigirá la ejecución del programa en los cultivos a producir, o bien contraten los servicios de un técnico autónomo dependiente.

En este último caso, el trabajador autónomo dependiente no deberá ejecutar su actividad de forma indiferenciada con los trabajadores que presten sus servicios a la agrupación bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta de la propia ADF. Los técnicos que desarrollen los trabajos deberán estar en posesión del título de ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola, o bien, excepcionalmente, y para aquellos cultivos de índole forestal, de ingeniero de montes o ingeniero técnico forestal

3. Los beneficiarios deberán haber revisado o solicitado la revisión de su maquinaria en el marco del programa de revisión y control de maquinaria de tratamiento de productos fitosanitarios.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Modificación, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/07/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento