Ayudas para actuaciones de reindustrializacion en la comarca de la Bahia de Cadiz (Cadiz), en el año 2008.- Modificación.

Código de ayuda:

S66137/07

Norma:

RESOLUCION de 16 de octubre de 2007. Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre. Orden ITC/2444/2010, de 13 de septiembre. Orden ITC/2016/2011, de 6 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas dirigidas a actuaciones de reindustrialización en la comarca de la Bahía de Cádiz correspondientes al año 2008.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima de las ayudas convocadas a conceder para el año 2008 es de 100.000.000 €, correspondiendo 20.000.000 € a subvenciones y 80.000.000 € a créditos reembolsables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta resolución las personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones subjetivas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y específicamente lo determinado en el apartado quinto de la Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre, para cada tipo de actuación respectivamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos o actuaciones que se realicen durante el año 2008 que tengan por finalidad contribuir a la reindustrialización de las zonas a las que se refiere el apartado segundo de esta resolución y que se realicen a través de las áreas de infraestructura o de industria. En particular podrán serlo, las actuaciones reguladas en el apartado cuarto de la Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/10/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 251
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 21/09/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 229
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/07/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
Documento: Modificación Descargar Documento