Ayudas para actividades de conservación, restauración e integración ambiental y paisajistica a realizar por los particulares en el ámbito del suelo no urbanizable de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, Convocatoria para 2008.
Código de ayuda:
S31082/08Norma:
ORDEN de 9 de abril de 2008.Plazo de Solicitud:
Las solicitudes podrán presentarse, antes del 15 de septiembre de 2008.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases para la concesión, en el ejercicio 2008, de ayudaseconómicas destinadas a la realización de actividades y actuaciones de conservación, restauración e integración ambiental y paisajística en el ámbito del suelo no urbanizable de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai que favorezcan la Biodiversidad y el desarrollo sostenible.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 100% del importe del gasto subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente Orden, las personas físicas quesiendo propietarias, arrendatarias o usufructuarias de terrenos, instalaciones o viviendas sitos en alguno de los municipios integrados en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai y asimismo residentes en alguno de ellos, realicen en tales inmuebles actividades y actuaciones de conservación, restauración e integración ambiental y paisajística subvencionables.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en esta Orden las actividades y actuaciones de conservación, restauración e integración ambiental y paisajística que los solicitantes realicen en el ámbito del suelo no urbanizable de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, bien por iniciativa propia o bien como consecuencia de un informe condicionado emitido por el Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai que determine su necesidad.2.– Las actuaciones subvencionables habrán de iniciarse en el corriente ejercicio 2008, con posterioridad a la notificación de la resolución del procedimiento de adjudicación de las ayudas; desarrollarse y quedar finalizadas en el plazo que se señale en dicha resolución a la vista del calendario de ejecución que constará obligatoriamente en la Memoria del proyecto presentado, y en todo caso con anterioridad a 31 de diciembre de 2009.
3.– El anexo I recoge las líneas de actuación que enmarcan las actuaciones subvencionables así como una
relación orientativa de actuaciones concretas susceptibles de acogerse a las subvenciones contempladas en la presente Orden.
4.– Se consideran gastos subvencionables al amparo del régimen contemplado en la presente Orden, aquellos que, figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actuación que presente la persona solicitante, estén vinculados de manera indubitada a la ejecución de la misma.
5.– En ningún caso serán subvencionables los importes que se correspondan con el Impuesto sobre el Valor
Añadido.
6.– En caso de que el presupuesto presentado por la persona solicitante incluyera gastos considerados como no subvencionables en el presente artículo, el Tribunal Calificador procederá a su eliminación o depuración al objeto de determinar el presupuesto de gastos subvencionable que servirá de base para la determinación del importe de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
29/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento