Ayudas individualizadas de trasporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en el Programa de éxito educativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S17646/17

Norma:

DECRETO 52/2017, de 18 de abril. ORDEN de 10 de agosto de 2018. RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2019. RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2021, o hasta agotarse el crédito previsto en la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas para gastos de transporte y/o comedor escolar para el alumnado de educación secundaria obligatoria o educación primaria en un colegio rural agrupado (CRA), participante en el programa de éxito educativo REMA en el curso escolar 2019/20.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para la modalidad de transporte la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:

1.º Por los kilómetros recorridos por el alumnado desde el domicilio familiar al centro, le corresponderá una cuantía fija según los tramos que a continuación se señalan:

— Hasta 40 kms. semanales: 280 euros alumno/a/curso.

— De 41 a 60 kms. semanales: 300 euros alumno/a/curso.

— De 61 a 80 kms. semanales: 335 euros alumno/a/curso.

— De 81 a 100 kms. semanales: 400 euros alumno/a/curso.

— De 101 a 150 kms. semanales: 535 euros alumno/a/curso.

— De 151 a 200 kms. semanales: 665 euros alumno/a/curso.

— De 201 a 250 kms. semanales: 800 euros alumno/a/curso.

— Más de 250 kms. semanales: 930 euros alumno/a/curso.

2.º Para la determinación de los kilómetros recorridos se tendrá en cuenta el número de desplazamientos semanales que se realicen para asistir a las actividades del programa REMA.

2. Para la modalidad de comedor la cuantía de la ayuda se calculará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

— El precio de la comida por alumno y día. En este caso, el máximo de la cuantía a conceder será el doble del precio público establecido por la Consejería con competencias en materia de Hacienda.

— Número de comidas que el alumnado tenga que realizar fuera del domicilio familiar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá obtener la condición de beneficiario de estas ayudas el alumnado, que por haber sido seleccionado por el centro educativo sostenido con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el Programa de éxito educativo REMA, esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a su centro educativo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar, los días en los que se desarrolle el programa REMA.

b) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa, y que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista al Programa REMA.

Requisitos:

1. Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter general:

a) Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.

b) Estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en Educación Secundaria Obligatoria, o en Educación Primaria en un Centro Rural Agrupado (CRA).

c) Los requisitos señalados en los dos apartados anteriores, deberán mantenerse durante la vigencia de la convocatoria que se trate.

2. Además de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que se determinan a continuación:

a) En la modalidad de transporte:

1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA.

b) En la modalidad de comedor:

1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA.

2.º Carecer el centro donde está escolarizado el alumno de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa.

3.º Ser beneficiario de la ayuda individualizada de transporte escolar, señalada en la letra a) anterior.

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