Ayudas individualizadas de transporte destinadas al alumnado que cursa Formación Profesional en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la fase de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo, Proyectos de Formación Profesional Dual y Estancias Curriculares Formativas.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S15646/16

Norma:

Orden ECD/43/2016, de 16 de mayo. Orden ECD/53/2016, de 3 de junio. Orden ECD/8/2017, de 7 de febrero. ORDEN ECD/33/2017, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de octubre de 2017. Consular programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas individualizadas, mediante procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de colaborar en la financiación de los gastos de transporte que pudiera ocasionar la realización de:

a) El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) de un ciclo formativo de Formación Profesional Básica, Grado Medio y Grado Superior.

b) La Fase de Prácticas en Centros de Trabajo (FPCT) de un Programa Específico de Formación Profesional Básica.

c) Proyectos de Formación Profesional Dual (FP Dual).

d) Estancias Curriculares Formativas que se determinarán en la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones a conceder, cuyo importe global no podrá superar la cantidad establecida en la convocatoria, se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año correspondiente, que se definirá en la misma.

Si como consecuencia del número de solicitudes presentadas se superasen los importes máximos establecidos en la convocatoria para cada uno de los procedimientos, se procederá a prorratear dichas cantidades equitativamente entre los solicitantes.

Si las ayudas concedidas en el primer procedimiento no agotasen el importe asignado para este, la cantidad no aplicada podrá trasladarse a la resolución que recaiga para el siguiente procedimiento por acuerdo del Consejero de Educación, Cultura y Deporte.

2. Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones serán los siguientes:

a) Se otorgarán 0,08 €/km recorrido, teniendo en cuenta la distancia total a computar por aplicación de los criterios previstos en el artículo 5 para cada una de las modalidades de ayuda.

b) La cuantía máxima individualizada para cada modalidad de ayuda será:

- Modalidad A: 550 € para todo el período.

- Modalidad B: 800 € para todo el período.

- En el caso de que se combinen las modalidades A y B: 800 € para todo el periodo.

- Modalidad C: 600 € para los alumnos que cursan el 1.º y 3.º curso, y 850 € para los que cursan 2.º curso.

3. El pago de las ayudas se realizará, una vez que el órgano competente haya dictado resolución
de concesión, en la cuenta bancaria que el alumno haya autorizado en el modelo de solicitud normalizado que figurará como anexo a la convocatoria:

- Previa justificación para las solicitudes concedidas en el primer procedimiento.

- Al momento de la concesión, sin necesidad de justificación previa, para las del segundo procedimiento.

4. De acuerdo con lo previsto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas, las ayudas contempladas en la presente Orden tienen la consideración de rentas exentas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las personas que estén cursando Formación profesional sostenidos por fondos públicos.

Requisitos:

a) Estar matriculado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior de Formación Profesional de Sistema Educativo o Programa Específico de Formación Profesional Básica.

b) Realizar el módulo profesional de FCT de un ciclo formativo de Formación Profesional del sistema educativo o la FPCT de un Programa Específico de Formación Profesional Básica, cursar un Proyecto de FP Dual, o participar en una Estancia Curricular Formativa, en empresas o instituciones colaboradoras en los periodos que fije la convocatoria correspondiente.

c) En el caso de los alumnos que cursen el módulo profesional de FCT o FPCT, no haber percibido ayuda en la convocatoria anterior de ayudas económicas individuales al transporte para el alumnado de Formación Profesional de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la fase de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo y la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo. Tampoco podrán optar aquellos alumnos que hayan percibido ayuda en dicha convocatoria y no hayan superado el módulo profesional de FCT o FPCT.

d) Residir durante el periodo de FCT, FPCT, Proyecto de FP Dual o Estancia Curricular Formativa,
en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Excepcionalmente, en caso de no residir en Cantabria, se podrá presentar la solicitud, que será valorada individualmente.

e) Desarrollar el módulo profesional de FCT, FPCT, Proyecto de FP Dual o Estancia Curricular Formativa, en empresas o instituciones colaboradoras situadas a una distancia mínima de 5 km de la localidad de residencia habitual del alumno.

En el caso del desarrollo del módulo profesional de FCT o FPCT en jornada continua, la localidad de la empresa deberá ser diferente a la del centro educativo.

f) Al finalizar el curso:

- Haber superado el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo.

- Haber superado el curso dentro del Proyecto de FP Dual o el curso en el que se enmarca la Estancia Curricular Formativa en el que esté matriculado.

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