Ayudas individuales para la realización de actividades de formación del profesorado destinadas al personal funcionario docente, Inspectores de Educación, Inspectores al servicio de la Administración Educativa, personal laboral docente, Profesores de Religión y Asesores Linguísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S18282/06

Norma:

ORDEN 3197/2006, de 7 de junio.

Plazo de Solicitud:

Al menos, con un día de anterioridad a la fecha de inicio de la actividad para la que se solicita la ayuda.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades de formación del profesorado destinadas al personal funcionario docente, Inspectores de Educación, Inspectores al servicio de la Administración Educativa, personal laboral docente, Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid.

Las modalidades para las que se pueden solicitar ayudas serán: Congresos, cursos de formación, seminarios, estudios de carácter académico (licenciaturas, ingenierías, arquitectura, diplomatura, ingenierías técnicas, arquitectura técnica, programas de doctorado, cursos de especialización, títulos propios de la Universidad) y otras análogas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los funcionarios docentes, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa y personal laboral docente, Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid, destinados en centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias y servicios técnicos docentes dependientes de la Consejería de Educación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipo A: Actividades que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, actividades a distancia y “on-line”.
Tipo B: Actividades que se realicen en el ámbito territorial de otras Comunidades Autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Tipo C: Actividades que se realicen en el extranjero.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria curso 2005/06 y Anexos Descargar Documento