Ayudas individuales para la promocion de los deportistas y tecnicos deportivos/tecnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2010.
Código de ayuda:
S51437/10Norma:
Ibiza, 23 de agosto de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/09/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la concesión de ayudas económicas para la mejora de los deportistas destacados, así como los técnicos deportivos de la isla de Ibiza.A tal efecto, se establecen las siguientes líneas de soporte económico.
Línea 1:
Modalidad a: -Ayudas para la formación y progreso deportivo de los deportistas destacados de la isla de Ibiza.
Modalidad b: -Ayudas para el alojamiento y desplazamientos inscritos en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas.
Línea 2:
-Ayudas para la formación técnica deportiva fuera de las islas Pitiusas en cursillos organizados por las federaciones deportivas u otras instituciones deportivas.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Para la línea 1, modalidad a: 36.000 euros- Para la línea 1, modalidad b: 10.000 euros
- Para la línea 2: 4.000 euros.
La cantidad máxima total por beneficiario no podrá superar la cantidad de 3.000 euros.
La cantidad máxima en la línea 1.b por beneficiario no podrá superar la cantidad de 2.200 euros.
La cantidad máxima en la línea 2 por beneficiario no podrá superar el 50% del presupuesto hasta la cantidad máxima de 600 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que estén incluidas en alguno de los siguientes grupos:A la línea 1:
Modalidad a:
-Deportistas de la isla de Ibiza que hayan participado como mínimo en uno de los tres últimos Juegos Olímpicos.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/as el año pasado, en su categoría deportiva, entre los diez primeros del ránquing nacional o del Campeonato de España.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/das el año pasado, en su categoría deportiva, entre los quince primeros del ránquing europeo o mundial o del Campeonato de Europa o del Mundo.
Modalidad b:
-Deportistas de la isla de Ibiza, que estén alojados en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas y que tengan que sufragar el coste de su estancia.
A la línea 2:
-Técnicos deportivos residentes en la isla de Ibiza.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1:Modalidad a: -Ayudas para la formación y progreso deportivo de los deportistas destacados de la isla de Ibiza.
Modalidad b: -Ayudas para el alojamiento y desplazamientos inscritos en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas.
Línea 2:
-Ayudas para la formación técnica deportiva fuera de las islas Pitiusas en cursillos organizados por las federaciones deportivas u otras instituciones deportivas.
Excepto:
-La licenciatura de Ciencias de la Actividad Física o INEF.
-La diplomatura en Magisterio y especialidad en Educación Física
-La formación profesional deportiva (TAFAD).
-La realización de cursillos de monitores deportivos en academias privadas.
-La realización de cursillos de formación de técnico deportivo elemental o monitor federativo.
-La realización de cualquier curso de formación impartido en las islas Pitiusas.
Requisitos:
- Los deportes han de ser federados y reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.- La participación dentro de una selección autonómica en el correspondiente campeonato de España ha de ser en representación de las Islas Baleares.
- No se incluye en esta convocatoria la categoría de veteranos, ‘masters’ y los campeonatos de España universitarios.
- Las ayudas se otorgaran solo a deportistas no profesionales i menores de 35 años antes del día de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
- Los campeonatos de España en los que participen los deportistas han de estar incluidos dentro del calendario oficial de la federación española correspondiente.
- La participación en competiciones internacionales ha de ser integrando la selección española correspondiente. Si la participación en competiciones internacionales es por clubes, estos clubes han de ser ibicencos.
- Los deportistas han de tener ficha federativa de una federación de las Islas Baleares, excepto si no hay representación federativa en las Islas Baleares del deporte practicado.
- Tener como mínimo una antigüedad de residencia de cuatro años en la isla de Ibiza antes del día de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
- Los solicitantes de la línea 1 modalidad a han de estar en activo para poder recibir una ayuda económica.
- Los solicitantes deberán: - Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidas en el articulo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
- No tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa.
Documentos asociados
Boletín:
31/08/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento