Ayudas individuales para la promoción de los deportistas y técnicos deportivos/técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2009.
Código de ayuda:
S54673/09Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas económicas para la mejora de los deportistas destacados, así como los técnicos deportivos de la isla de Ibiza.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para este programa de ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad de SESENTA MIL EUROS (60.000 euros), con cargo a la partida 4523 48100 del ejercicio presupuestario del año 2009. Esta cantidad será distribuida de la siguiente manera:-Para la línea 1, modalidad a: 41.000 euros
-Para la línea 1, modalidad b: 15.000 euros
-Para la línea 2: 4.000 euros
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1.-Se pueden acoger a la presente convocatoria las personas que esténincluidas en alguno de los siguientes grupos:A la línea 1:
Modalidad a:
-Deportistas de la isla de Ibiza que hayan participado en unos Juegos Olímpicos.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/as el año pasado, en su categoría deportiva, entre los diez primeros del ránquing nacional o del Campeonato de España.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/das el año pasado, en su categoría deportiva, entre los quince primeros del ránquing europeo o mundial o del Campeonato de Europa o del Mundo.
Modalidad b:
-Deportistas de la isla de Ibiza, que estén alojados en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas y que tengan que sufragar el coste de su estancia.
A la línea 2:
-Técnicos deportivos residentes en la isla de Ibiza.
2.- Los deportes han de ser federados y reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.
3.- La participación dentro de una selección autonómica en el correspondiente campeonato de España ha de ser en representación de las Islas Baleares.
4.- No se incluye en esta convocatoria la categoría de veteranos y los campeonatos de España universitarios.
5.- Las ayudas se otorgaran solo a deportistas no profesionales i menores de 35 años antes del dia de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
6.- Los campeonatos de España en los que participen los deportistas han de estar incluidos dentro del calendario oficial de la federación española correspondiente.
7.- La participación en competiciones internacionales ha de ser integrando la selección española correspondiente.
8.- Los deportistas han de tener ficha federativa de una federación de las Islas Baleares, excepto si no hay representación federativa en las Islas Baleares del deporte practicado.
9.- Tener como mínimo una antigüedad de residencia de cuatro años en la isla de Ibiza antes del día de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
10.- Los solicitantes deberán de:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar sometidos a ninguno de os supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidas en el articulo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
25/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento