Ayudas individuales al profesorado para participar en cursos de especialización, masters, cursos de posgrado y otras actividades de formación permanente.
Código de ayuda:
S20037/04Norma:
Orden EDC/271/2004, de 13 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Potenciar e incentivar la participación del profesorado en las actividades de formación, subvencionando los gastos generados por la asistencia a las actividades de formación.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación y Universidades (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para una determinada actividad no se podrán conceder más de 600 euros en concepto de matrícula ni más de 450 euros en concepto de desplazamientos y/o teléfono.El importe total de las ayudas concedidas a un determinado beneficiario no podrá superar los 1.200 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El profesorado de enseñanza no universitaria en activo con destino en centros docentes públicos de Cataluña, el profesorado de centros docentes privados concertados que esté en nómina de pago delegado del Departamento de Educación, los profesionales de los servicios educativos del Departamento de Educación y los funcionarios del cuerpo de inspectores de educación y del cuerpo de inspectores al servicio de la administración educativa que ejercen la función inspectora en el ámbito territorial de Cataluña.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Actividades:a) Cursos de posgrado o masters sobre las temáticas siguientes: Aprendizaje de lenguas.
Interculturalidad y multiculturalidad.
Acogida de alumnado recién llegado y de incorporación tardía.
Atención al alumnado en riesgo de exclusión social.
Educación en valores y convivencia en los centros.
b) Cursos de posgrado o masters de dirección y gestión de centros educativos.
c) Cursos de especialización en pedagogía terapéutica regulados por la Orden de 11 de enero de 1996 (BOE núm. 20, de 23.1.1996) y homologados por el Departamento de Educación.
d) Actividades de formación realizadas dentro del Plan de formación permanente y organizadas directamente por el Departamento de Educación o por los diferentes institutos de ciencias de la educación (ICE).
e) Cursos incluidos en la enseñanza oficial de idiomas (EOI).
Conceptos:
1) Gastos de matrícula.
2) Gastos de desplazamientos.
3) Gastos de teléfono en el caso de cursos no presenciales.
Para las actividades incluidas en los apartados a) y b) se tendrán en cuenta todos los conceptos; para las actividades incluidas en los apartados c) y d) se tendrán en cuenta los conceptos 2) y 3), y para las actividades incluidas en el apartado e) sólo se tendrá en cuenta el concepto 2).
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
30/07/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4186
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4186
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