Ayudas individuales a personas adultas para el aprendizaje de euskera, para cursos que comiencen entre el1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018.

Código de ayuda:

S51300/18

Norma:

ORDEN FORAL 44/2018, de 21 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas individuales a personas adultas censadas en la Comunidad Foral de Navarra para el aprendizaje de euskera.

Las ayudas se darán para los pagos correspondientes a cursos que comiencen entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria las personas que cumplan los requisitos marcados por el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las modalidades de aprendizaje o alfabetización objeto de ayuda serán las siguientes: cursos extensivos, intensivos, internados y autoaprendizaje.

Requisitos:

–Ser mayores de 16 años. En el caso de las personas menores de edad, la solicitud la realizarán sus progenitores o quien ostente su tutela legal.

–Estar empadronadas en Navarra a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

–Estar al corriente en los pagos a la Hacienda de Navarra y con las obligaciones de la Seguridad Social.

–Estar inscritas en algún curso de euskera que comience entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019, y haber realizado algún pago por dicho curso. El curso deberá estar impartido por una entidad que
tenga entre sus finalidades principales la enseñanza del euskera, y cuente con medios propios para esa finalidad, incluida una programación propia.

–Tener una asistencia certificada mínima del 80%. Las personas inscritas en cursos de autoaprendizaje deberán justificar también la asistencia al curso. Dicha asistencia o aprovechamiento se deberá justificar a la finalización del curso.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 195
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento