Ayudas indemnizatorias a los apicultores con motivo de la aplicacion del Decreto 28/2008, de 28 marzo, del Consell, sobre medidas para limitar la polinizacion cruzada entre plantaciones de citricos.
Código de ayuda:
S76255/08Norma:
ORDEN de 9 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/01/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan las ayudas de indemnización económica directa a los apicultores establecidas en el Decreto 28/2008, sobre medidas para limitar la polinización cruzada entre plantaciones de cítricos.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se concederán por colmena solicitada, siempre que su número no exceda el de las inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana a fecha de 31 de enero de 2008,ni a 31 de enero de 2001, a razón de 18 € por colmena, hasta el límite establecido en el artículo 3.2 del Reglamento 1535/2007, que establece que la cuantía total de las ayudas de mínimis concedidas a una empresa no podrá exceder de 7.500€ en un periodo de tres ejercicios fiscales independientemente de la forma de la ayuda o del objetivo perseguido.
En caso de que las ayudas solicitadas superen los fondos disponibles se prorrateará su importe proporcionalmente al número de colmenas para las que se concede la ayuda.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones apícolas inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Comunitat Valenciana con fecha 31 de enero de 2008, ya sean personas físicas o jurídicas, así como Comunidades de Bienes, que estén dentro de los supuestos previstos en el citado Decreto 28/2008, que motivan la concesión de la subvención.Requisitos:
a) Incluir en su explotación un mínimo de 5 colmenas.b) Acreditar las condiciones exigidas en el Apartado tercero.
c) Serán exclusivamente pymes, de acuerdo con las condiciones del Anexo I del Reglamento (CE)800/2008.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5918
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5918
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