Ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en materia forestal, caza y conservación de la biodiversidad, para el ejercicio 2006.

Código de ayuda:

S57455/05

Norma:

Orden de 22 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un régimen de ayudas destinadas a la protección, conservación y mejora de los espacios forestales de la Comunidad Valenciana.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Territorio y Vivienda (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

De manera general podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de derechos de propiedad, de uso y disfrute legalmente reconocidos de terrenos de titularidad pública o privada incluidos en el ámbito de las actuaciones subvencionables previstas en la presente orden.

Igualmente podrán ser beneficiarios, las agrupaciones legalmente constituidas de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica que, aún careciendo de personalidad jurídica, que cumplan los requisitos incluidos en el párrafo anterior.

Las personas físicas o jurídicas titulares de terrenos de titularidad privada podrán autorizar a entidades locales la utilización de sus terrenos para las actuaciones previstas en la presente orden.

En el caso de las ayudas destinadas a la creación, señalización y mantenimiento de senderos de pequeño recorrido y senderos locales, podrán ser beneficiarios Entidades Locales y entidades sin ánimo de lucro, bien por ser titulares de derechos de propiedad, de uso o disfrute, o por autorización de personas físicas o jurídicas.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Ayudas destinadas a la protección, conservación y mejora de los espacios forestales de la Comunidad Valenciana (anexo I).
– Ayudas a los ayuntamientos establecidos en áreas de influencia de las reservas valencianas de caza para la realización de actuaciones que repercutan en el desarrollo de la agricultura y otras actividades de manera compatible con la riqueza faunística (anexo II).
– Ayudas en materia de conservación de la biodiversidad. (anexo III).

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5154
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento