Ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en materia forestal, caza y conservación de la biodiversidad, para el ejercicio 2006.
Código de ayuda:
S57455/05Norma:
Orden de 22 de noviembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un régimen de ayudas destinadas a la protección, conservación y mejora de los espacios forestales de la Comunidad Valenciana.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Territorio y Vivienda (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
De manera general podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de derechos de propiedad, de uso y disfrute legalmente reconocidos de terrenos de titularidad pública o privada incluidos en el ámbito de las actuaciones subvencionables previstas en la presente orden.Igualmente podrán ser beneficiarios, las agrupaciones legalmente constituidas de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica que, aún careciendo de personalidad jurídica, que cumplan los requisitos incluidos en el párrafo anterior.
Las personas físicas o jurídicas titulares de terrenos de titularidad privada podrán autorizar a entidades locales la utilización de sus terrenos para las actuaciones previstas en la presente orden.
En el caso de las ayudas destinadas a la creación, señalización y mantenimiento de senderos de pequeño recorrido y senderos locales, podrán ser beneficiarios Entidades Locales y entidades sin ánimo de lucro, bien por ser titulares de derechos de propiedad, de uso o disfrute, o por autorización de personas físicas o jurídicas.
No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Ayudas destinadas a la protección, conservación y mejora de los espacios forestales de la Comunidad Valenciana (anexo I).– Ayudas a los ayuntamientos establecidos en áreas de influencia de las reservas valencianas de caza para la realización de actuaciones que repercutan en el desarrollo de la agricultura y otras actividades de manera compatible con la riqueza faunística (anexo II).
– Ayudas en materia de conservación de la biodiversidad. (anexo III).
Documentos asociados
Boletín:
14/12/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5154
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5154
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento