Ayudas, fondos para la exhibicion, difusion y divulgacion de producciones culturales de caracter profesional durante el año 2009.

Código de ayuda:

S15919/08

Norma:

RESOLUCION CMC/611/2008, de 18 de febrero. RESOLUCION CMC/1416/2009, de 12 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto impulsar y contribuir a la exhibición, difusión y divulgación de producciones culturales de carácter profesional en todos los ámbitos de la creación y el pensamiento contemporáneo, en el ámbito nacional e internacional: arquitectura y diseño, artes escénicas (artes de calle, circo contemporáneo, danza, nuevas tendencias escénicas, performance), artes plásticas (pintura,
escultura, grabado, etc.), artes visuales (cine, fotografía, vídeo y formatos documentales), nuevas tecnologías, música y arte sonoro, pensamiento y cultura científica, nuevos movimientos culturales y nuevos lenguajes artísticos y textuales.

Esta convocatoria pretende incentivar la cooperación entre entidades, equipamientos, compañías y organizaciones culturales de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los fondos constituyen una dotación económica no proporcional a los gastos.

Serán concedidos en función de la disponibilidad presupuestaria y de la valoración de las propuestas, según los criterios de valoración fijados en la base 9.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estos fondos:

a) Empresas, tanto personas físicas como jurídicas, domiciliadas en Cataluña, así como las empresas domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
b) Entidades privadas sin ánimo de lucro que estén domiciliadas en Cataluña.
c) Agrupaciones de personas sin personalidad jurídica, siempre que sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones exigidas en la base 3 a) o b) y en el resto de las bases.

No pueden optar a estos fondos las entidades públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Esta línea de fondos tiene las siguientes modalidades:

a) Apoyo a propuestas culturales que favorezcan el trabajo y el diálogo entre las diferentes disciplinas y tendencias de la creación y el pensamiento contemporáneos, y que promuevan la formación, la divulgación del conocimiento y el debate: seminarios, talleres, jornadas, foros, cursos, organización de trabajo en red, etc.
b) Apoyo a la organización y realización de eventos que realicen su presentación pública en todas sus variantes y formatos: exposiciones, festivales, ciclos, muestras, certámenes, presentaciones, concursos, etc. Quedan excluidas las ferias y muestras de carácter comercial y los ciclos y festivales de música.
c) Apoyo a la creación o mantenimiento de archivos documentales de la cultura contemporánea (textuales, visuales, sonoros, etc.).
d) Apoyo a publicaciones independientes, impresas o electrónicas, que tienen el objetivo de documentar y/o divulgar la creación artística y/o el pensamiento contemporáneo, así como el trabajo artístico en formato de publicación impresa o electrónica.

El gasto derivado de la elaboración del informe de un auditor de cuentas, de acuerdo con la base 13.3, tiene la consideración de gasto que se puede subvencionar, siempre que el/la beneficiario/a no esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas. El límite que se puede subvencionar por este concepto es de 1.500 euros.

Estos fondos se concederán para proyectos que se realicen durante el año 2009.

Requisitos:

No se considerarán gastos susceptibles de subvención los gastos de funcionamiento ordinario, los gastos administrativos o los gastos de adquisición de bienes inventariables. Sólo se podrán subvencionar los gastos directamente relacionados con la realización de la actividad que propone el proyecto.

No pueden optar a estos fondos:
a) Los proyectos para participar en un acontecimiento comercial (ferias, muestras comerciales, etc.).
b) Los que hayan sido contratados para gestionar las actividades impulsadas por entidades públicas.

En aquellos proyectos que lo requieran, será necesario respetar los derechos del/de la creador/a y garantizar sus condiciones profesionales.

La propiedad intelectual de los trabajos realizados pertenece al/a la autor/a. El/la beneficiario/a cede a la EADC, con carácter no exclusivo, los derechos de propiedad intelectual de la obra subvencionada para que pueda usarla en la difusión de las actividades de la EADC.

Cada solicitante sólo podrá presentar una única solicitud para una de las modalidades de esta convocatoria y un máximo de dos solicitudes en el total de convocatorias de fondos de la EADC durante el año en curso.

Estos fondos son compatibles con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, excepto con las ayudas que para el mismo proyecto se obtengan
del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña, o entidad vinculada o participada por éstos, sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior. La suma de las subvenciones compatibles con estos fondos en ningún caso puede superar el coste total de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5086
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 22/05/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5385
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento