Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras autónomas.
Código de ayuda:
S75737/09Norma:
ORDEN de 10 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Solicitudes desde la fecha de convocatoria hasta fin de de vigencia de la presente orden.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, podrá otorgar a las personas trabajadoras autónomas, para:a) El sostenimiento de la actividad productiva durante los próximos seis meses.
b) La contratación de empleados/as durante unperiodo mínimo de seis meses.
c) El reciclaje, la mejora de la cualificación profesional y la empleabilidad de aquellos que se hayan
visto obligados a cesar su actividad.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención se establece en 1.125 euros por persona trabajadora autónoma.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas trabajadoras autónomas solicitantes que realicen una actividad empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y reúnan los siguientes requisitos:a) No haber capitalizado el desempleo en los 6 meses anteriores a la solicitud de ayudas.
b) No tener trabajadores por cuenta ajena.
c) Haber disminuido la facturación del primer semestre de 2009 en, al menos, un 35% respecto el mismo
periodo del año anterior.
d) Tener cubierta la Incapacidad Temporal.
Documentos asociados
Boletín:
18/12/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 243
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 243
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento