Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras autónomas.

Código de ayuda:

S75737/09

Norma:

ORDEN de 10 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Solicitudes desde la fecha de convocatoria hasta fin de de vigencia de la presente orden.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, podrá otorgar a las personas trabajadoras autónomas, para:

a) El sostenimiento de la actividad productiva durante los próximos seis meses.

b) La contratación de empleados/as durante unperiodo mínimo de seis meses.

c) El reciclaje, la mejora de la cualificación profesional y la empleabilidad de aquellos que se hayan
visto obligados a cesar su actividad.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se establece en 1.125 euros por persona trabajadora autónoma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas trabajadoras autónomas solicitantes que realicen una actividad empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y reúnan los siguientes requisitos:

a) No haber capitalizado el desempleo en los 6 meses anteriores a la solicitud de ayudas.

b) No tener trabajadores por cuenta ajena.

c) Haber disminuido la facturación del primer semestre de 2009 en, al menos, un 35% respecto el mismo
periodo del año anterior.

d) Tener cubierta la Incapacidad Temporal.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 243
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento