Ayudas extraordinarias para compensar las perdidas de renta en las explotaciones agrarias afectadas por la sequia en la Comunidad de Madrid y se realiza la correspondiente convocatoria.
Código de ayuda:
S27328/07Norma:
ORDEN 533/2007, de 7 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/03/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un régimen excepcional de ayudas públicas directas destinadas a las explotaciones agrarias radicadas en la Comunidad de Madrid total o parcialmente en más de un 50 por 100 del total de la superficie de la explotación, que durante el año 2005 hubieran cultivado cereal secano durante la campaña2004/2005 y realizar la correspondiente convocatoria.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones agrícolas situadas en la Comunidad de Madrid.Requisitos:
a) Ser agricultor a título principal o ser agricultor profesional o ser titular de una explotación agraria inscrita en el registro de la Comunidad de Madrid de explotaciones agrarias prioritarias.b) Haber presentado durante el año 2005 la correspondiente declaración de superficies de la PAC con la que se acreditará la posesión de los cultivos herbáceos subvencionables.
c) Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, debiendo acreditar dichas circunstancias en la forma prevista en el artículo 8 de la presente Orden.
d) No podrán adquirir la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas o entidades en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
21/03/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 68
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 68
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