Ayudas excepcionales de mercado destinadas al sector avícola de carne.

Código de ayuda:

S33900/06

Norma:

ORDEN AYG/1432/2006, de 12 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es dictar normas para la tramitación en la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la Orden APA/2726/2006, de 24 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas ayudas excepcionales de mercado destinadas al sector avícola de carne.

Estas normas se aplicarán a las explotaciones avícolas situadas en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las ayudas contempladas en el apartado 1 del punto anterior, se establecerá un baremo compensatorio por el descenso de producción durante el período referenciado en el mismo, siendo la cuantía máxima por animal no criado de hasta 0,20 euros.

Para las ayudas contempladas en el apartado 2 del punto anterior, la indemnización por animal sacrificado no podrá superar la cantidad de 3,2 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los productores, titulares de explotaciones avícolas de recría o criaderos de aves de explotación o de
explotaciones de producción, según lo establecido en las letras d) y e) del artículo 3 del Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne, que alojen animales de la especie Gallus gallus y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estén inscritos en el Registro de explotaciones ganaderas, conforme a la Orden AYG/1027/2004, de 18 de junio, por la que se crea la Base de Datos de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León y se regula su mantenimiento («B.O.C. y L.» n.º 124 de 30 de junio), y que tengan una de las siguientes clasificaciones zootécnicas:

– Explotación de recría o criadero de aves de explotación.
– Explotación de producción.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que correspondan conforme a la normativa vigente.

c) No haber sido sancionado por la autoridad competente por incumplimiento de algunas de las obligaciones contempladas en el Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, relativo a las condiciones
de bienestar animal, así como al contenido mínimo del libro de registro de la explotación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Ayudas a la reducción de la capacidad de producción en la explotación avícola.

Estas ayudas se concederán a las explotaciones que, durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006, hayan aumentado el período de vacío entre los ciclos de producción o hayan reducido la densidad de producción.

2.– Ayudas al sacrificio anticipado de gallinas reproductoras.

Estas ayudas se concederán por el sacrificio de gallinas reproductoras con anterioridad a la semana 60 de vida, siempre que toda la manada haya sido sacrificada de forma anticipada y no se mantengan animales en producción en la misma unidad epidemiológica durante al menos seis semanas desde el sacrificio.

El sacrificio de los animales deberá haberse realizado entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006, ambos inclusive.

Podrá ser beneficiario de las ayudas el propietario de los animales, se trate o no del titular de la explotación donde se hayan criado.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 179
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento