Ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven y se procede a su convocatoria.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S06519/12

Norma:

ORDEN de 31 de diciembre de 2011. ORDEN de 30 de marzo de 2012. ORDEN de 13 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras que deberán regir los procedimientos de concesión de ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven para la puesta en marcha de iniciativas juveniles, entendidas estas como proyectos dirigidos a la juventud de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se desarrollen durante el año 2012, y en la que los jóvenes participan activamente en actividades diseñadas por ellos/ellas mismos/as, y convocar dichas ayudas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Solo se podrá presentar un proyecto por solicitante y su presupuesto total no podrá ser superior a 4.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud y sus respectivas federaciones deberán estar inscritas en el censo oficial dependiente orgánicamente de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, regulado en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y cumplir la legalidad vigente en lo referente a las edades en las asociaciones juveniles
(Real decreto 397/1988).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de ocio y educación para el ocio.

b) Proyectos relacionados con la creación de espacios para la comunicación y con las nuevas tecnologías.

c) Proyectos de fomento de actitudes creativas, emprendedoras, innovadoras y participativas de los jóvenes en su comunidad y entorno, así como de fomento de accesibilidad de jóvenes con discapacidad a actividades culturales y de tiempo de ocio.

Requisitos:

Será requisito imprescindible para poder solicitar la ayuda, haber justificado debidamente las ayudas recibidas en el último año. En caso de los grupos informales, no podrá obtener subvención el proyecto presentado por un grupo del que formen parte jóvenes que el año anterior hubiesen participado en un proyecto subvencionado y no justificado, aunque el promotor del mismo fuese un grupo distinto. De todas formas, para la disolución de los grupos deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 17.k) de esta orden en relación con el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, en concordancia con los artículos 35 y 63 de la misma norma.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 43
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/04/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 03/07/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 126
Documento: Modificación Descargar Documento