Ayudas, en regimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a planes de distribucion de largometrajes cinematograficos durante el 2012.

Código de ayuda:

S33182/12

Norma:

RESOLUCION CLT/1718/2012, de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo a la distribución de largometrajes cinematográficos por parte de empresas distribuidoras catalanas en el territorio español.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder por proyecto en concepto de subvención será de 150.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas distribuidoras independientes que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El gasto del proyecto se deberá realizar en el periodo comprendido entre el 1
de enero y el 31 de diciembre de 2012.

Los gastos subvencionables son los gastos externos de la empresa en concepto
de publicidad, promoción, copias y gastos relacionados con el acceso al mercado de la exhibición digital, así como la incorporación de sistemas que faciliten el acceso de las personas con discapacidad a las obras cinematográficas. El gasto derivado de la contratación de los servicios de auditoría para elaborar la cuenta justificativa con informe de auditor que prevé la base 15 se considerará gasto subvencionable hasta un máximo de 3.000,00 euros.

Se considerará como presupuesto aceptado solo la parte de gasto que esté financiada por recursos propios o a riesgo por parte de la empresa.

Requisitos:

a) Estar domiciliadas en Cataluña, o estar domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

b) Poseer solvencia económica y técnica contrastada.

c) Haber distribuido como mínimo cinco largometrajes cinematográficos en el territorio español en total los años 2009, 2010 y 2011 o poder demostrar que los profesionales directivos de la empresa vinculados al proyecto, tienen una trayectoria y experiencia contrastada en actividades similares.

d) Participar a riesgo en el proyecto objeto de la ayuda.

e) Estar inscrito en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña si la
empresa tiene domicilio social en Cataluña.

f) Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, de
acuerdo con la normativa laboral y social aplicable.

Documentos asociados

Boletín: 05/09/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6207
Documento: Bases y Convocatoria 2012 Descargar Documento