Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por este instituto.

Código de ayuda:

S24846/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de junio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán el procedimiento de concesión de las subvenciones para la reparación, rehabilitación y/o adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS), correspondiente al código VI420A.

Asimismo, por medio de esta resolución se procede a la convocatoria de estas subvenciones para el ejercicio económico de 2019.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda de esta convocatoria será de un importe igual al correspondiente al 60 % del presupuesto subvencionable, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarias de estas subvenciones las comunidades de propietarios/as de los edificios de viviendas que estén contemplados en su ámbito de aplicación, siempre que no recibieran otra ayuda del IGVS para la realización de obras del mismo concepto en los diez años inmediatamente anteriores al de la convocatoria correspondiente.

Requisitos:

a) Que su edificio reúna las necesarias condiciones de seguridad estructural. De no ser el caso, la comunidad solicitante deberá acreditar la realización simultánea de las obras que garanticen que el edificio tendrá las condiciones necesarias de seguridad estructural.

b) Que no estén incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la LSG.

c) Que sean seleccionadas conforme a la prelación realizada en aplicación del baremo previsto en el ordinal decimocuarto de esta resolución y conforme a la disposición presupuestaria existente.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 77
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento