Ayudas en materia de apoyo a la participación en proyectos europeos.

Código de ayuda:

S55073/18

Norma:

ORDEN 7/2018, de 23 de octubre. RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2018. RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de enero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones, para el ejercicio 2019, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la participación en proyectos encuadrados en los siguientes Programas europeos: LIFE; INTERREG MED; INTERREG EUROPE; INTERREG SUDOE; URBACT; ENI CBC MED.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Hacienda y Modelo Económico (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Teniendo en cuenta que las subvenciones reguladas en esta orden se refieren a la parte no cofinanciada por los proyectos aprobados por programas europeos, la cuantía concreta de la subvención se determinará en cada una de las convocatorias, de acuerdo con los siguientes porcentajes y límites según la tasa de cofinanciación de los proyectos:

A) La beneficiaria participante en un proyecto que obtuvo una tasa de cofinanciación mayor o igual al 50 % y menor al 66 % por parte del programa europeo, podrá obtener como máximo una ayuda del 30 % de la parte no cofinanciada, con un límite de 60.000 € por proyecto y como máximo en tres proyectos distintos de los que formara parte.

B) La beneficiaria participante en un proyecto que obtuvo una tasa de cofinanciación mayor o igual al 66 % y menor al 80 % por parte del programa europeo, podrá obtener como máximo una ayuda del 20 % de la parte no cofinanciada, con un límite de 30.000 € por proyecto y como máximo en tres proyectos distintos de los que formara parte.

C) La beneficiaria participante en un proyecto que obtuvo una tasa de cofinanciación mayor o igual al 80 % por parte del programa europeo, podrá obtener como máximo una ayuda del 10 % de la parte no cofinanciada, con un límite de 15.000 € por proyecto y como máximo en tres proyectos distintos de los que formara parte.

2. En ningún caso el importe de la subvención será superior al importe del gasto solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

A los efectos de esta orden pueden tener la condición de beneficiarias de las correspondientes convocatorias y siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada caso:

a) Entidades que conforman el sector público de la Generalitat;

b) Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y sus entidades públicas dependientes;

c) Universidades y sus consorcios y centros adscritos con sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana;

d) Entidades privadas y empresas con sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa Urban Innovative Actions

b) Programa INTERREG Europe.

c) Programa INTERREG SUDOE.

d) Programa INTERREG MED.

e) Programa ENI.

f) Programa URBACT.

g) Programa Horizonte 2020.

h) Programa COSME.

i) Programa LIFE.

j) Programa EaSI para el Empleo y la Innovación Social.

k) Programa ERASMUS+

l) Programa Connecting Europe Facility

m) Programa Derechos, Igualdad y Ciudadanía.

n) Programa Europa con los Ciudadanos.

o) Programa Europa Creativa.

p) Programa Justicia.

q) Programa Hércules.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8412
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 18/12/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8446
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 18/12/2018
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Boletín: 19/07/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8595
Documento: Ampliación plazo resolución Descargar Documento