Ayudas en materia de agroambiente y clima, de agricultura ecologica, y de la Red Natura 2000 y de la Directiva Marco del Agua, en el ambito del Programa de Desarrollo Rural para Aragon 2014-2020.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S07337/15

Norma:

ORDEN de 18 de febrero de 2015. ORDEN de 10 de septiembre de 2015. ORDEN DRS/82/2016, de 10 de febrero. ORDEN DRS/445/2016, de 17 de mayo. ORDEN DRS/11/2017, de 16 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones que posibiliten la aplicación de las medidas de agroambiente y clima, agricultura ecológica y pagos al amparo de la red Natura 2000 y de la Directiva Marco del Agua, previstas respectivamente en los artículos 28, 29 y 30 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo. Todo ello de conformidad con el Decreto 136/2013, de 30 de julio del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con objeto de ajustar la concesión de las ayudas al crédito disponible antes referido, se aplicarán los siguientes criterios:

A) Para las medidas gestionadas por la Dirección General competente en materia de producción agraria, de acuerdo con el artículo 15:

1. Primero se atenderán las unidades de compromiso del tramo al que corresponde el 100% de la prima, luego las del tramo al que corresponde el 60% de la prima y finalmente las del tramo al que corresponde el 30% de la prima.

2. En el caso de que exista un tramo en el cual sólo se pueda atender una parte de las unidades de compromiso solicitadas, se aplicará un coeficiente reductor para que todas las unidades de ese tramo tengan el mismo tratamiento.

B) Para las medidas gestionadas por la Dirección General competente en materia de conservación del medio natural, de acuerdo con el artículo 15:

1. Se aplicará lo establecido en modulación para cada medida en los anexos I y IV de la presente orden.

2. Si no se precisase otra prioridad en los anexos correspondiente, primero se atenderán las unidades de compromiso del tramo al que corresponde el 100% de la prima, luego las de los tramos donde se realizan reducciones, atendiendo primero al tramo que tenga menor reducción.

3. En el caso de que exista un tramo en el cual sólo se pueda atender una parte de las unidades de compromiso solicitadas, se aplicará un coeficiente reductor para que todas las unidades de ese tramo tengan el mismo tratamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica sin personalidad jurídica, que sean titulares de explotaciones agrarias y se comprometan a realizar, por un periodo de cinco años en toda o en parte de su explotación, alguna de las actuaciones incluidas en los anexos I, II, III y IV.

Para el caso específico de la actuación 1.7, de lucha biológica en viñedo prevista en el artículo 4, los beneficiarios serán los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen Protegidas o Indicaciones Geográficas Protegidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Agroambiente y clima.

1.1. Mantenimiento del rastrojo;

1.2. Cultivo de esparceta para el mantenimiento de la fauna esteparia;

1.3. Extensificación adicional del pastoreo;

1.4. Mantenimiento de prados de siega en zonas de montaña;

1.5. Agricultura de conservación en viñedo de zonas áridas y pendiente pronunciada;

1.6. Prácticas específicas en el cultivo del arroz para el fomento de la presencia de aves;

1.7. Lucha biológica en viñedo;

1.8. Apicultura con colmenares reducidos y dispersos;

1.9. Mantenimiento de razas autóctonas españolas de protección especial o en peligro de extinción;

1.9.1. raza bovina "Serrana de Teruel";

1.9.2. raza ovina "Cartera";

1.9.3. raza ovina "Maellana";

1.9.4. raza ovina "Churra Tensina";

1.9.5. raza ovina "Ansotana";

1.9.6. raza ovina "Xisqueta";

1.9.7. raza ovina "Roya bilbilitana";

1.9.8. raza caprina "Moncaína";

1.9.9. raza caprina "Pirenáica";

1.9.10. raza equina caballar "Hispano-bretón";

1.9.11. raza equina asnal "Catalana";

1.9.12. raza aviar "Gallina del Sobrarbe";

1.10. Generación de alimento para la avifauna en el área de influencia socioeconómica de la Reserva Natural Dirigida de la Laguna de Gallocanta;

1.11. Generación de alimento para la avifauna en los agrosistemas fuera del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales;

1.12. Generación de alimento para la avifauna en otras zonas;

1.13. Mantenimiento de hábitats en tierras de cultivos herbáceos de secano en zonas perilagunares;

1.14. Mejora ambiental de los cultivos en zonas perilagunares de la Laguna del Cañizar;

1.15. Generación de alimento para la avifauna en zonas perilagunares de la Laguna del Cañizar;

1.16. Generación de corredores biológicos de la Red Natura 2000;

1.17. Mantenimiento de las actividades agraria tradicionales en zonas con alta presencia de mamíferos silvestres.

2. Agricultura ecológica.

2.1. Herbáceos de secano;

2.2. Herbáceos de regadío;

2.3. Arroz;

2.4. Frutales de regadío;

2.5. Hortícolas;

2.6. Frutos secos y frutales de secano;

2.7. Olivar;

2.8. Viñedo.

3. Ganadería ecológica.

3.1. Vacuno de carne;

3.2. Equino caballar de carne;

3.3. Ovino de carne;

3.4. Caprino de carne.

4. Pago de compensación para espacios agrícolas de la Red Natura 2000, en la Reserva Natural de la Laguna de Gallocanta.

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