Ayudas en materia de accion social para asociaciones y/o entidades privadas sociosanitarias sin animo de lucro.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S07128/13

Norma:

Santa Eulària des Riu, 11 de marzo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones en materia de bienestar social para el año 2013, dirigida a entidades sociales y sociosanitarias, las cuales desarrollen actuaciones orientadas a la población de Santa Eulalia del Río, para impulsar el asociacionismo, la participación social y el voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Eulalia del Riu (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de gasto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, ya sean entidades, grupos asociativos u organismos legalmente constituidos que impulsen el asociacionismo, la acción y participación social y el voluntariado y que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Costes de personal.

El coste bruto de los conceptos retributivos que sean susceptibles de cotización a la seguridad Social, con la inclusión de los seguros sociales del personal necesario (técnicos que realizan las acciones y técnicos que realizan tareas de coordinación). Se exceptúan los gastos derivados de la situación de baja laboral.

2.- Gastos de desplazamiento del personal técnico.

En concepto de dieta para kilometraje se puede imputar hasta un importe máximo de 0’19€/km en coche y de 0’11€/km en moto, siempre que la causa del desplazamiento esté debidamente justificada.

3.- Los seguros de protección para los participantes por riesgo de accidente.

La suma de los gastos de los apartados anteriores debe de representar como mínimo el 75% de los costes totales justificados del proyecto.

4.- Gastos generales, con límite del 25% del coste total justificado del proyecto. Dentro del concepto de gastos generales se subvencionan los gastos siguientes:

Gastos de personal de administración de la entidad que realice funciones relacionadas con el proyecto.

Gastos de ejecución o adquisición de material técnico, material fungible y material de difusión.

Gastos de amortización o de arrendamiento de los inmuebles adscritos al proyecto y gastos de seguros de accidentes y responsabilidad civil de estos inmuebles.

Gastos de amortización o de alquiler de mobiliario y equipos utilizados en el desarrollo del proyecto.

Gastos de comunidad y gastos de mantenimiento y reparación de equipos, instalaciones y elementos afectos de manera directa o indirecta al proyecto.

Gastos de suministro y de los servicios siguientes: electricidad, agua, telefonía fija, telefonía móvil, limpieza y mensajería.

Gastos de asesoría laboral, fiscal, de prevención de riesgos laborales y relativos a la gestión de protección de datos, en el caso de contratación externa de estos servicios.

Requisitos:

Tener su domicilio social en la isla de Ibiza.

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río.

Estar inscrito en el Registro de Asociaciones del Gobierno Balear.

Estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Acreditar que sus actividades benefician a los ciudadanos de nuestro municipio.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento