Ayudas en materia de Formación Deportiva.

Código de ayuda:

S07391/05

Norma:

DECRETO 55/2005, de 22 de febrero. ORDEN de 21 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a otorgar por la Consejería de Cultura en materia de formación deportiva, con el objetivo de promover la formación y actualización de personal técnico para conseguir aumentar la calidad técnica del deporte en general y el perfeccionamiento de sus conocimientos en todos los niveles y especialidades.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas solicitantes que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de actuaciones de formación continua o especialización para personas implicadas en el fenómeno deportivo, en función de nuevas competencias profesionales demandadas por el mercado en el ámbito del deporte.

b) Organización de cursos de formación de entrenadores, previamente autorizados por resolución administrativa de conformidad con la aplicación de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a los efectos de correspondencia con las Enseñanzas Deportivas.

c) Participación en actividades formativas: cursos de perfeccionamiento profesional, cursos de formación, cursos de titulación, seminarios, congresos, masters, clinics y jornadas técnicas.

d) Publicación y edición de estudios técnicos y científicos en el ámbito específico de las Ciencias del Deporte.

Requisitos:

Los solicitantes personas físicas deberán poseer nacionalidad española o la de alguno de los países miembros de la Unión Europea y ostentar la condición de extremeños en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía con, al menos, un año de antelación a su solicitud de subvención.

Además deberán acreditar vinculación laboral en el ámbito deportivo o disponer de licencia deportiva expedida con carácter exclusivo por una Federación Deportiva extremeña, sin perjuicio de la que expida la correspondiente Federación Deportiva Española en que se integre.

Los solicitantes personas jurídicas deberán ser Instituciones, Federaciones deportivas y otras entidades con personalidad jurídica propia y sin finalidad lucrativa, cuya finalidad estatutaria u objeto social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se identifique con los objetivos de este Decreto.

Todos los solicitantes deberán estar en el momento de la solicitud al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y la Hacienda Autonómica.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 24
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/03/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento