Ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos del ambito discografico o de produccion musical.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S08855/15

Norma:

RESOLUCION CLT/335/2015, de 24 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/2383/2014, de 17 de octubre. RESOLUCIÓN CLT/266/2015, de 3 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/566/2015, de 16 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/1375/2015, de 12 de junio. Resolución CLT/2818/2015. RESOLUCIÓN CLT/2848/2015. RESOLUCIÓN CLT/2992/2015. RESOLUCIÓN CLT/1647/2016, de 28 de junio. RESOLUCIÓN CLT/54/2017, de 9 de enero. RESOLUCIÓN CLT/263/2017, de 13 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/138/2018, de 2 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Del 6 de marzo al 26 de abril de 2018, ambos inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas a proyectos del ámbito discográfico o de producción musical, en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación máxima de las ayudas previstas en esta convocatoria es de 175.000,00 euros, de los que
25.000,00 euros se financian con cargo a la partida 470.0001, y 150.000,00 euros con cargo a la partida
830.0002 del presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales prorrogado para el año 2016. La
dotación máxima se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas que sean personas jurídicas que tengan como objeto social la producción, la edición, la promoción y la comercialización de fonogramas, independientemente de su soporte, o de producciones musicales, y las personas físicas que estén dadas de alta de actividad económica en epígrafes relacionados con la producción, la edición, la promoción y la comercialización de fonogramas,
independientemente de su soporte, o de producciones musicales, y cumplan los requisitos y condiciones que establece la base 3.

También pueden presentar solicitudes las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE) que cumplan los requisitos establecidos en las bases generales y en las presentes bases específicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La producción, la edición, la promoción y la comercialización de fonogramas, independientemente de su soporte, sea físico o digital, o del formato.

b) Producciones exclusivamente musicales o musicales con imagen.

c) Proyectos dirigidos a mejorar la rentabilidad de los fonogramas o grabaciones musicales o videográficas.

d) Adaptación de catálogos a cualquier tecnología nueva o preexistente que tenga por objetivo mejorar el acceso del público a la música grabada o la rentabilidad del acceso.

e) Actividades que permitan aumentar los usos de la música grabada, incentivar reproducciones o mejorar la rentabilidad de los derechos, independientemente de si existe soporte o no.

Requisitos:

Para poder ser beneficiarias de las ayudas, las empresas solicitantes deben cumplir, aparte de los previstos en la base general 3, los siguientes requisitos:

a) Haber producido y haber llevado a cabo el lanzamiento de, como mínimo, 40 grabaciones de obras musicales o 4 álbumes de artistas diferentes durante el año anterior al de concesión de la ayuda.

b) Que su catálogo tenga distribución física o digital dirigida a la explotación de grabaciones, con vocación comercial y no exclusivamente promocional.

c) Poseer solvencia económica y técnica contrastada. Se considera que se tiene solvencia económica si el
balance de la empresa en la fecha de presentación de la solicitud presenta fondos propios positivos.

d) Tener una antigüedad mínima en su actividad de 2 años o poder demostrar que los profesionales de la
empresa vinculados al proyecto tienen una antigüedad mínima en actividades similares de la misma duración.

e) Participar a riesgo en el proyecto objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6738
Documento: Bases, Resolución CLT/2383/2014 Descargar Documento
Boletín: 23/02/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6816
Documento: Modificación Bases, Resolución CLT/266/2015 Descargar Documento
Boletín: 03/03/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6822
Documento: Bases Específicas 2015 Descargar Documento
Boletín: 30/03/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6841
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 26/06/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6900
Documento: 2ª Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7014
Documento: Resolución CLT/2818/2015 Descargar Documento
Boletín: 15/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7018
Documento: Modificación Bases Específicas Descargar Documento
Boletín: 29/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7027
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 06/07/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7156
Documento: 2ª Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 25/01/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7294
Documento: 2ª Modificación de las Bases Descargar Documento
Boletín: 22/02/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7314
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 09/02/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7555
Documento: Modificación Bases Generales Descargar Documento
Boletín: 02/03/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7570
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento