Ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales - Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S06128/10

Norma:

RESOLUCION CMC/187/2010, de 28 de enero. RESOLUCION CMC/497/2010, de 12 de febrero. CLT/585/2011, de 22 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/894/2011, de 21 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/2913/2011, de 2 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/10/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a proyectos culturales de los ámbitos de las artes escénicas, de las artes visuales, del mundo editorial y de la prensa escrita, del multimedia, del discográfico y musical, que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa, y que estén dirigidos a la producción y/o la distribución y/o la comercialización de bienes de consumo cultural, con las modalidades siguientes:

a) Aportación reintegrable.

b) Subvención.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar artículo 4 de las bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las empresas personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la realización de actividades de producción, de distribución y/o de comercialización de bienes de consumo cultural en los ámbitos descritos en la base 1.1, y que cumplan los requisitos.

- También pueden presentar solicitudes las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley del Estado 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional, que cumplan los requisitos mencionados en el párrafo anterior, y se deben hacer constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la UTE, así como el importe de ayuda a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán la consideración de beneficiarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos culturales de los ámbitos de las artes escénicas, de las artes visuales, del mundo editorial y de la prensa escrita, del multimedia, del discográfico y musical, que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa, y que estén dirigidos a la producción y/o la distribución y/o la comercialización de bienes de consumo cultural, con las modalidades
siguientes:

a) Aportación reintegrable.

b) Subvención.

Requisitos:

a) Estar domiciliadas en Cataluña, o estar domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

b) Poseer solvencia económica y técnica contrastada.

c) Tener una antigüedad mínima en su actividad de 2 años y/o poder demostrar que los profesionales de la empresa vinculados al proyecto tienen una antigüedad mínima en actividades similares del mismo tiempo.

d) Participar a riesgo en el proyecto objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5560
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5578
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 04/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5831
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 15/04/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5860
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 20/12/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6028
Documento: Modificación Descargar Documento