Ayudas en inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, para el año 2019.

Código de ayuda:

S38328/19

Norma:

Orden 136/2017, de 25 de julio. Orden 32/2019, de 21 de febrero. Resolución de 11/06/2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de agosto de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2019, las ayudas para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, reguladas en la Orden 136/2017 de 25 de julio de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, los titulares forestales privados, municipios y sus asociaciones, y pymes, incluidas las proveedoras de servicios, ubicadas en Castilla-La Mancha en el caso de explotaciones forestales o que tengan establecimiento en Castilla-La Mancha en el caso de pymes, y que desarrollen actividades forestales en zonas rurales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran actuaciones subvencionables aquellas que incrementen el valor añadido con la explotación de los productos forestales y los servicios ambientales, garantizando su compatibilidad con la existencia de las múltiples funciones de los terrenos forestales y su permanencia en el tiempo.

2. Los costes subvencionables serán los siguientes:

a) Las inversiones en vehículos, maquinaria, instalaciones y/o equipamientos destinados al aprovechamiento, movilización, procesamiento y comercialización de productos forestales, orientadas a la mejora del potencial forestal.

b) Las inversiones en vehículos, maquinaria, instalaciones y/o equipamientos destinados a trabajos forestales y ambientales para incrementar el valor económico, ambiental y socio-recreativo de los bosques.

c) Las inversiones realizadas para obtener marcas de calidad diferenciada o de certificación forestal.

d) Los gastos de elaboración de proyectos.

e) El arrendamiento o arrendamiento con opción a compra de vehículos, bienes de equipo y maquinaria, instalaciones, utillaje, equipos de información y sus costes generales asociados, hasta el valor del mercado del producto, de acuerdo con lo expuesto en el artículo 45 del Reglamento (UE) 1305/2013.

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