Ayudas en favor del medio forestal, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER), en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y Leon 2007-2013 - Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S16700/10

Norma:

ORDEN MAM/323/2010, de 10 de marzo. ORDEN MAM/101/2010, de 3 de febrero. ORDEN MAM/38/2009, de 16 de enero. ORDEN MAM/484/2010, de 30 de marzo de 2010. ORDEN MAM/1193/2010, de 2 de agosto. ORDEN MAM/165/2011, de 24 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la incorporación de titulares de explotaciones ganaderas en régimen extensivo de Castilla y León a las ayudas en favor del medio forestal, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El titular de los terrenos forestales sometidos a este régimen de ayudas tiene derecho a una cuantía de subvención comprendida entre 40 y 200 €/Ha. y año.

Se fijará una ayuda media anual, a percibir en cada una de las cinco anualidades de vigencia del contrato, que será el resultado de dividir entre cinco el total del valor de las actuaciones subvencionables aprobadas. La ayuda media anual no podrá ser superior, al resultado de multiplicar la superficie acogida en el contrato (en hectáreas) por 200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, que sean titulares de explotaciones ganaderas en régimen extensivo (en adelante titulares de explotaciones). Para ello, contarán con los
correspondientes códigos de explotación agraria de pastos y los pertinentes de cada tipo de ganado.

b) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones de derecho privado, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común las actuaciones previstas en esta orden. En este caso, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario.
En estos supuestos, deberá nombrarse un representante de entre los miembros de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

c) Las comunidades de bienes, siempre que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas en esta orden y en las correspondientes órdenes de convocatoria y se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La elaboración de un Plan silvopastoral, que deberá ser aprobado por la Dirección General del Medio Natural.

b) Las actuaciones que se relacionan a continuación siempre que estén previstas en el Plan silvopastoral aprobado:

– Desbroces.

– Cerramientos ganaderos.

– Puntos de agua.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 12
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/01/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
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Boletín: 08/02/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 25
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Boletín: 16/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 52
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Boletín: 17/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 53
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/08/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 167
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Boletín: 04/03/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 44
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