Ayudas en favor de los Ayuntamientos de La Rioja para potenciar el planeamiento urbanístico.

Código de ayuda:

S13491/25

Norma:

Resolución 478/2025, de 14 de mayo. Orden ATP/26/2022, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones para el año 2025 de las ayudas de acuerdo con la Orden ATP/26/2022, de 26 de mayo, se determinan las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, en favor de los Ayuntamientos de La Rioja con el fin de potenciar el desarrollo del planeamiento urbanístico municipal.

De conformidad con lo prevenido en el art. 1.1 de la citada Orden ATP/26/2022, además de planes generales municipales, excepcionalmente, las convocatorias pueden determinar que sean también objeto de subvención planes o proyectos de ordenación territorial, planeamiento urbanístico municipal de desarrollo y planes especiales que no desarrollen planeamiento general, que por la condición del sujeto beneficiario de la subvención (Ayuntamientos) y la naturaleza de estos instrumentos de ordenación y planificación han de ser de iniciativa y gestión pública.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención no podrá exceder del 80% de la cuantía base total (suma de la elaboración del Plan General Municipal y los estudios complementarios) obtenida con los criterios establecidos, sin que en ningún caso el importe de la subvención pueda superar los 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, conforme a lo establecido en el 3.a) de la Orden, aquellos ayuntamientos que dispongan de una población máxima de 5.000 habitantes, según población oficial vigente en el momento de publicación del extracto de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables, conforme a los artículos 1.1 y 4 de la Orden ATP/26/2022 serán:

a) Redacción de Plan General Municipal en su primera adopción cuando se trate de municipios que carezcan de instrumento de planeamiento general propio.

b) Revisión de Plan General Municipal.

c) Planes Especiales en desarrollo de las previsiones contenidas en el planeamiento municipal, de iniciativa, gestión y ejecución pública, con las finalidades previstas en el artículo 78 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, tales como de Protección, de Infraestructuras, de Reforma Interior.

d) Planes Parciales de iniciativa, gestión y ejecución pública, excluyendo los que sean para uso residencial.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2022
- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/05/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 95
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento