Ayudas en especie para el suministro de material sanitario y medicamentos a instituciones sanitarias públicas y benéfico-asistenciales sin ánimo de lucro radicadas en Iberoamérica.
Código de ayuda:
S16337/05Norma:
Orden SCO/959/2005, de 31 de marzo. Bases en Orden SCO/3231/2004, de 30 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2005 ayudas en especie destinadas a financiar el suministro de material sanitario y medicamentos a instituciones sanitarias públicas y benéfico-asistenciales sin ánimo de lucro radicadas en Iberoamérica.Quedan excluidas de esta convocatoria de forma expresa las ayudas que sean objeto de otras convocatorias específicas, así como las que se concedan con carácter de urgencia, por motivos humanitarios derivados de circunstancias catastróficas que aconsejen el envío inmediato de las ayudas.
Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades extranjeras de Asistencia Sanitaria radicadas en Iberoamérica, que realicen actividades de interés sanitario que reúnan los siguientes requisitos:a) Que presten asistencia sanitaria a la población del país donde radique, con independencia de su nacionalidad actual.
b) Que realicen programas de asistencia sanitaria en el país en donde desarrolle su actividad.
c) Que sus actividades sanitarias estén reglamentadas y reconocidas por las autoridades del país en donde se encuentren establecidas.
d) Que dispongan de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
Quedan excluidas de estas ayudas las Organizaciones No Gubernamentales, cualquiera que fuese su nacionalidad.
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades que se encuentren en concurso preventivo de acreedores.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas que se concedan en virtud de esta Orden consistirán en el suministro, y, en su caso, transporte e instalación, de la totalidad o parte del material sanitario solicitado por la entidad beneficiaria, conforme a lo establecido en el punto siguiente, así como la dotación de medicamentos.Documentos asociados
Boletín:
08/10/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 243
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 243
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Boletín:
14/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento