Ayudas en el sector agricola en materia de sanidad vegetal - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S36528/10Norma:
Orden AAR/313/2010, de 12 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Los servicios en materia de sanidad vegetal dirigidos a la prevención y mejora de la lucha contra los organismos nocivos de los vegetales que incluyan:a) Las actuaciones de asistencia técnica detalladas en el anexo 2.
b) Las actuaciones de prevención y lucha contra las enfermedades o infestaciones parasitarias detalladas en el anexo 3, en adelante actuaciones prioritarias, con inclusión de los gastos de la aplicación de estas actuaciones y la adquisición de mediados de prevención y lucha contra plagas.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General de Agricultura y Ganadería (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrícolas de Cataluña que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Hacer el seguimiento de plagas, enfermedades, parásitos de los vegetales u otras observaciones y requerimientos que el Servicio de Sanidad Vegetal estime convenientes para obtener la información suficiente y dar un adecuado servicio técnico a las personas agricultoras.b) Facilitar periódicamente la información obtenida de acuerdo con los planes de actuación presentados en la solicitud, y que se determine en cada una de las estaciones de avisos fitosanitarios de las unidades territoriales del Servicio de Sanidad Vegetal.
c) Transmitir los avisos fitosanitarios que dé el Servicio de Sanidad Vegetal en todo el territorio así como los que haya que transmitir a los particulares para dar un buen servicio técnico a las personas agricultoras en el ámbito de actuación de la ADV.
d) Participar como a mínimo en el 80% de las actividades y reuniones de coordinación a las que los convoquen los responsables del Servicio de Sanidad Vegetal de los servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.
e) Desarrollar, en colaboración con el Servicio de Sanidad Vegetal y con otras ADV, los ensayos, los experimentos y las actuaciones en común para mejorar los procesos de obtención de información sobre seguimiento de parásitos y sobre nuevas técnicas de lucha necesarias para su control. Para el año 2010, estas actuaciones se detallan a continuación:
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en frutales.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en viña.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en hortalizas.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en fruta seca.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en arroz.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en olivo.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en cítricos.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en cultivos extensivos.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en producción
ecológica.
El ensayo y la aplicación de nuevos métodos de control de plagas en viveros. La introducción de agentes biológicos de control de plagas en todos los cultivos agrícolas.
Los trabajos para la ampliación de usos en el Registro oficial de productos fitosanitarios para cultivos minoritarios.
Los planes de saneamiento de semillas hortícolas de variedades locales.
Las que el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural considere necesarias para la mejora del servicio que da la ADV a las personas agricultoras, en el ámbito de la sanidad vegetal.
Requisitos:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrícolas de Cataluña que reúnan los requisitos siguientes:a) Tener la condición de pequeña o mediana empresa (pyme) de acuerdo con lo
que establece el anexo 1 del Reglamento (CE) núm. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto (DON L-214, de 9.8.2008), sobre la definición de pyme.
b) No encontrarse en situación de crisis de acuerdo con la definición que establece el artículo 1.7 del Reglamento CE núm. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto.
c) Que soliciten la prestación de los servicios en materia de sanidad vegetal a una única agrupación de defensa vegetal por ámbito territorial y por orientación productiva.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5640
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5640
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento