Ayudas en el marco del programa nacional de reestructuración para el sector del algodón, al amparo del Real Decreto 169/2010, de 19 de febrero.
Código de ayuda:
S12682/10Norma:
Orden de 24 de febrero de 2010. Real Decreto 169/2010, de 19 de febrero.Plazo de Solicitud:
Ayudas al desmantelamiento, 10 días desde convocatoria. Ayudas a los contratistas de maquinaria, tres meses desde convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convoca la concesión de las ayudas reguladas en el Real Decreto 169/2010, de 19 de febrero de 2010, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en el marco del programa nacional de reestructuración para el sector del algodón:- Al desmantelamiento total y permanente de las instalaciones de desmotado.
- A los contratistas de maquinaria agrícola específica de recolección de algodón.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La ayuda por planta de desmotado se calculará sobre la base de las toneladas de algodón sin desmotar transformado en esa planta, que se haya beneficiado en la campaña 2005/2006 de la ayuda a la producción de algodón, según lo recogido en el Programa. El importe unitario de la ayuda por tonelada podrá ser como máximo de 190 €/t.2. La ayuda por contratista de maquinaria de algodón será el resultado de multiplicar las toneladas de algodón cosechadas en régimen de contrato en la campaña 2005/2006 y entregadas a alguna de las fábricas sometidas a desmantelamiento, por un importe máximo unitario de 10 €/t., debiéndose comprobar que la ayuda no exceda a las pérdidas originadas por el descenso de superficie, de producción de algodón y de pérdida de valor de la maquinaria de recolección especializada, evaluadas a nivel nacional teniendo en cuenta la de producción de la campaña 2005/06 y la media de las campañas 2006/07, 2007/08 y
2008/09, de acuerdo con lo recogido en el Programa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Los propietarios de las instalaciones de desmotado que estén en buenas condiciones de uso y con respecto a las cuales se haya concedido la ayuda contemplada en el capítulo IV del Reglamento (CE) n.º 1051/2001 del Consejo, de 22 de mayo de 2001, sobre la ayuda a la producción del algodón, en la campaña de comercialización 2005/2006, y desmantelen total y permanentemente las instalaciones de desmotado.2. Los propietarios de la maquinaria agrícola específica de recolección de algodón ya sean particulares o empresas, que hayan trabajado en régimen de contrato con cultivadores durante la campaña de comercialización 2005/2006, empleando su maquinaria agrícola para cosechar algodón, el cual haya sido entregado a instalaciones de desmotado acogidas al Programa, y hayan sufrido pérdidas demostrables como consecuencia de la escasez de algodón para cosechar, incluida la pérdida de valor de la maquinaria de cosecha especializada que no pueda utilizarse para otros fines.
Documentos asociados
Boletín:
20/02/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 45
Documento: Real Decreto 169/2010 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 45
Documento: Real Decreto 169/2010 Descargar Documento
Boletín:
03/03/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 42
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 42
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento