Ayudas en el area de influencia socioeconomica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria.

Código de ayuda:

S73819/08

Norma:

Orden DES/65/2008, de 21 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para 2009, de las ayudas a la realización de actividades y proyectos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder para un mismo proyecto, todas las anualidades incluidas, se establece en
función del tipo de beneficiario:

a) Proyectos y actividades de los beneficiarios a los que se refiere el apartado a) del artículo 2 de esta Orden: 30.000 euros.

b) Proyectos y actividades de los beneficiarios a los que se refieren los apartados b), c), d), y e) del artículo 2 de esta Orden: 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las Entidades Locales.

- Los Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional
de los Picos de Europa en Cantabria.
- Las Entidades locales menores legalmente constituidas pertenecientes a dichos Ayuntamientos.
- Las entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos Ayuntamientos.

b) Las Entidades empresariales.

- Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria y cuya actividad principal se desarrolle en la misma.

- Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

-Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia del Parque Nacional de los Picos de
Europa en Cantabria.
-Cuando, residiendo en el área de influencia del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria, pretendan implantar su actividad en ella.
-Cuando, no residiendo en el área de influencia del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria,
vengan realizando en el interior del Parque Nacional actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho Parque.

c) Personas físicas: Las personas físicas residentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria.

d) Instituciones sin fines de lucro:
- Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible
de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.
- Las Asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

e) Otros.
- Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de
recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria.
- Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior del Parque Nacional de los Picos de Europa en
Cantabria que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las inversiones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa en
Cantabria referidas a:

- Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación.

- Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.

- Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional ocasionado por infraestructuras preexistentes.

- Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional.

- Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.

- Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.

- Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.

b) Las actividades no consistentes en inversiones referidas a:
- Iniciativas públicas o privadas orientadas a la divulgación de los valores e importancia del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria entre amplios sectores de la sociedad local.
- Iniciativas públicas o privadas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables.

c) Con carácter general, cualquier iniciativa pública o privada expresamente prevista en los planes de desarrollo sostenible del Parque Nacional de los Picos de Europa en Cantabria o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios de Cantabria que conforman su área de influencia socioeconómica

Documentos asociados

Boletín: 04/12/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 235
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento