Ayudas en el ámbito cultural para 2005.
Código de ayuda:
S18364/05Norma:
Decreto Foral 49/2005, de 12 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de becas y ayudas en el ámbito cultural durante el ejercicio correspondiente al año 2005, así como la renovación de becas en las modalidades de Danza y Música, concedidas por primera vez en los años 2003 y 2004.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se convocan las siguientes becas y ayudas:- Becas en el extranjero, con un importe máximo de 18.000 euros.
- Becas en el Estado, con un importe máximo de 9.000 euros.
- Ayudas, con un importe máximo de 2.400 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Aquellas personas que, poseyendo una sólida formación en la disciplina que solicitan, reúnan los siguientes requisitos:1. Tener nacionalidad española.
2. Estar empadronado en cualquiera de los Municipios del Territorio Histórico de Bizkaia de forma ininterrumpida desde el 1 de marzo de 2002.
3. No haber sido beneficiario en años anteriores al de la presente convocatoria de una beca de la misma modalidad concedida por la Diputación Foral de Bizkaia.
4. Las becas y ayudas en la modalidad de danza de nueva adjudicación, no podrán ser solicitadas por las personas que superen la edad de 20 años al 31 de diciembre del año 2005.
5. Así mismo, las becas y ayudas en la modalidad de música b1) Perfeccionamiento instrumental o vocal, de nueva adjudicación, no podrán ser solicitadas por personas que superen la edad de 27 años al 31 de diciembre del año 2005.
6. Los beneficiarios con derecho a renovación, solicitarán ésta de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1 - Objeto (1.3, 1.4 y 1.5) del presente Decreto Foral.
7. Las peticiones de los solicitantes de beca/ayuda menores de edad deberán hacerlas su padre, madre o representante legal. A todos los efectos serán éstos, y no el menor, los beneficiarios de la cantidad económica percibida.
8. Unicamente cabe una solicitud por persona aspirante a ayuda o beca.