Ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento de plantaciones de castaño para fruto, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S36719/13

Norma:

ORDEN de 18 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases que regulan las ayudas para fomentar la creación y regulación de espacios con elevado interés socioeconómico para la diversificación de producciones mediante la plantación de castaño para fruto y proceder a su convocatoria para el año 2013 en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de ayuda para estas actuaciones será como máximo del 60 % en zonas
desfavorecidas (ver anexo IV) y del 50 % en otras zonas, calculándose la ayuda sobre el coste real subvencionable de la inversión determinada, IVA excluido en el correspondiente proyecto técnico.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades de fomento forestal, los propietarios particulares de forma individual, las sociedades o agrupaciones de propietarios particulares legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, las cooperativas agrarias, los pro indivisos, los de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, las entidades
locales, otras personas jurídicas o las comunidades de montes vecinales en mano común.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Plantación de castaño para fruto en el ámbito geográfico (anexo VI) de producción de la indicación geográfica protegida Castaña de Galicia que comprende el área del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentra delimitada al oeste por la Dorsal Galega y por la Sierra de O Xistral cara al norte, concretamente:

1. Provincia de A Coruña: la Comarca de A Terra de Melide, y los ayuntamientos de Arzúa y Boimorto (comarca de Arzúa).

2. El conjunto de la provincia de Lugo, a excepción de los ayuntamientos de O Vicedo, Viveiro, Xove y Cervo (comarca de A Mariña Occidental), Burela y Foz (comarca de A Mariña Central) y Barreiros y Ribadeo (comarca de A Mariña Oriental).

3. La totalidad de los ayuntamientos de la provincia de Ourense.

4. Provincia de Pontevedra: las comarcas de O Deza y de Tabeirós-Terra de Montes, los ayuntamientos de Cotobade, A Lama y Campo Lameiro (comarca de Pontevedra) y el ayuntamiento de Cuntis (comarca de Caldas).

Requisitos:

Los beneficiarios deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 10.2º y 10.3º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Las CMVMC deberán estar legalmente constituidas y reglamentariamente inscritas en el Registro provincial de montes vecinales en mano común, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para poder acceder a estas subvenciones y cumplir con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 01/10/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 187
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento