Ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
Código de ayuda:
S28364/25Norma:
Resolución de 23 de septiembre de 2025. DECRETO 78/2024, de 23 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 6 de enero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación Inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales. Esta convocatoria se publica al amparo Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.Categorías Subvención
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones, incluidas las comunidades de bienes, a las que para cada una de las actuaciones previstas en el Decreto 78/2024 se les reconozca tal condición. En el caso de empresas, tan solo podrán ser beneficiarias, aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las siguientes acciones:a) Formación e información de agentes económicos y sociales que desarrollen sus actividades en los ámbitos cubiertos por la EDLP de cada Grupo de Acción Local.
b) Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
c) Inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
d) Servicios básicos para la economía y la población rural.
e) Renovación de poblaciones en las zonas rurales.
f) Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
g) Apoyo a la innovación social, la gobernanza multinivel y la dinamización social y económica.
h) Actividades de Cooperación y su preparación.
Requisitos:
a) No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria que se señalan en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.b) Estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y frente a la Seguridad Social, salvo que acredite que dichas deudas se encuentran aplazadas, fraccionadas o cuando se hubiese acordado su suspensión, a no ser que sea deudora por resolución firme. Para su acreditación se estará a lo indicado en el artículo 29 de las presentes bases reguladoras.
c) En el caso de persona física, tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud o situación asimilada conforme a norma.
d) Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica, se hará constar expresamente, en la solicitud y resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada integrante, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse una representación o apoderamiento único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como personas beneficiarias, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
29/07/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
06/10/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 192
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
06/10/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 192
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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