Ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027, para proyectos no productivos de acciones en servicios básicos para la economía y la población rural.
Código de ayuda:
S20882/26Norma:
DECRETO 78/2024, de 23 de julio. Resolución de 15 de julio de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de septiembre de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación de Servicios básicos para la economía y la población rural.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Junta de Extremadura (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrá subvencionar hasta el 90 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 25.000 € por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las entidades e instituciones sin ánimo de lucro con entidad jurídica propia, que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto los servicios básicos para la economía y la población rural.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
* Formación e información dirigida a los agentes económicos y sociales que desarrollen su actividad en los ámbitos contemplados por la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de cada Grupo de Acción Local.* Inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas.
* Inversiones para la creación, puesta en marcha y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
* Prestación y mejora de servicios básicos para la economía y la población del medio rural.
* Actuaciones orientadas a la renovación y revitalización de poblaciones rurales.
* Actuaciones de mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
* Acciones de apoyo a la innovación social, la gobernanza multinivel y la dinamización social y económica del territorio.
* Actividades de cooperación entre territorios y actuaciones preparatorias necesarias para su desarrollo.
Requisitos:
* No estar incursas en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.* Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, así como frente a la Seguridad Social, salvo que las deudas se encuentren aplazadas, fraccionadas o suspendidas, siempre que no exista resolución firme de deuda exigible.
* En el caso de personas físicas, haber cumplido 18 años en el momento de presentar la solicitud o encontrarse en una situación legalmente asimilada.
* Cuando la solicitud sea presentada por una agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad jurídica propia:
* Deberán constar expresamente en la solicitud y en la resolución de concesión los compromisos de ejecución asumidos por cada integrante.
* Deberá especificarse el importe de subvención correspondiente a cada miembro, que tendrá igualmente la condición de beneficiario.
* Será obligatorio designar una persona representante o apoderada única con facultades suficientes para cumplir las obligaciones derivadas de la condición de beneficiario.
* La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 144
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 144
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