Ayudas en ahorro y eficiencia energetica en el sector publico, industrial y edificacion.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S16528/13

Norma:

Orden de 29/04/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria, para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas públicas en ahorro y eficiencia energética para el sector público, industrial y edificación, promoviendo con ello el ahorro y la eficiencia energética en dicho
sectores.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será del 40 % del coste subvencionable, con el límite de 100.000 euros, con la excepción de aquellos municipios en que la medida sea ejecutada mediante contrato de servicios energéticos, asumiendo la empresa de servicios energéticos la ejecución y financiación de las inversiones subvencionadas, donde la cuantía de la ayuda será del 15 % del coste subvencionable con el mismo límite de 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) En el programa 1.1 y 1.2: los Ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio de Castilla-La Mancha.

b) En el programa 2.1. las empresas privadas de carácter industrial (dadas de alta en las divisiones dos a cuatro de la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas), así como aquellas otras cuya actividad principal sea la transformación de productos con exclusión de las empresas del sector de la producción y transformación de energía.

c) En el programa 2.4, las empresas privadas pertenecientes al sector industrial, con exclusión de las pertenecientes a la industria extractiva energética, refino de petróleo, tratamiento de combustibles nucleares, generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

d) En el programa 3.3, las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y entidades de ámbito inferior al municipio, las personas físicas o jurídicas, incluidas comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro, que reúnan los requisitos establecidos en el programa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa 1.1 Renovación de alumbrado público exterior.

b) Programa 1.2 Auditorías en alumbrado público exterior.

c) Programa 2.1 Mejora en el proceso productivo industrial (maquinaria industrial).

d) Programa 2.4 Auditorias energéticas en la industria.

e) Programa 3.3 Mejora de las instalaciones de alumbrado interior.

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas al efecto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como no estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados
en la legislación electoral de aplicación.

Los beneficiarios de las ayudas habrán de tener domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha a la fecha de la publicación de la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento