Ayudas económicas para personas mayores, y modificaciones.

Código de ayuda:

S00573/06

Norma:

Orden de 2 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas Económicas para Personas Mayores, en tanto prestaciones complementarias de la Seguridad Social, destinadas a la atención de necesidades específicas de las personas mayores y, en general, a la promoción de su bienestar social.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar artículo 5 de la Orden.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pensionistas de la Seguridad Social, en sus modalidades contributiva o no contributiva, los perceptores de
Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos de la L.I.S.M.I., y de las Ayudas del Fondo de Asistencia Social,
sus cónyuges, mediando en este caso dependencia económica de éstos respecto de aquellos, o aquellas
personas que, por Ley o por Convenio Internacional, sean beneficiarias de las prestaciones complementarias del Sistema de Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas Económicas para Personas Mayores, en tanto prestaciones complementarias de la Seguridad Social, destinadas a la atención de necesidades específicas de las personas mayores y, en general, a la promoción de su bienestar social.

Requisitos:

Que la situación de necesidad para la que se solicita la ayuda se haya producido durante la vigencia y antes de la finalización del plazo contemplado en la presente Orden. También podrán solicitarse estas ayudas cuando la situación de necesidad se haya originado con posterioridad a la terminación del plazo contemplado enla Orden de la convocatoria del año anterior y antes de la entrada en vigor de la presente Orden.

Tener cumplida la edad de 60 años en la fecha de la solicitud.

Residir y figurar empadronados en la Región de Murcia en la fecha de la solicitud.

No percibir otras ayudas que, en su conjunto y con la adición de la Ayuda de que es objeto la presente
convocatoria, superen los importes máximos establecidos para cada tipo de Ayuda. En cualquier caso, el importe presupuestado de la ayuda solicitada no podrá ser inferior a 150 €.

Acreditar la necesidad de la ayuda mediante el correspondiente informe social, cuando así se establezca. En cualquier caso, para acceder a las ayudas contempladas en el artículo 5 de ésta Orden, será necesario el informe favorable del Servicio de Prestaciones Económicas, en el que, a la vista de los informes y documentos obrantes en el expediente, se estime acreditada la necesidad de la misma.

No ser beneficiario de ninguna de las siguientes prestaciones:

- Servicios de ayuda a domicilio.
- Gran Invalidez en sus modalidades contributiva y no contributiva.
- Cualquiera otra prestación pública de naturaleza y finalidad análoga.

No disponer de bienes muebles o inmuebles sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión,
usufructo, o cualquier otro que por sus características, valoración, posibilidad de explotación o venta,
indique la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la Ayuda, cuyos
límites máximos quedan establecidos en el baremo que figura como Anexo I de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 10
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/04/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 84
Documento: Modificación Descargar Documento