Ayudas economicas para las corporaciones locales y entidades privadas sin animo de lucro que desarrollan la educacion de personas adultas en la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18173/13

Norma:

ORDEN 46/2013, de 23 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas economicas para las corporaciones locales y entidades privadas sin animo de lucro que desarrollan la educacion de personas adultas en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Corporaciones locales que sean titulares de centros docentes de educación básica de personas adultas, debidamente autorizados.

b) Corporaciones locales que cuenten en su municipio con un centro público de educación de personas adultas de titularidad de la Generalitat y aporten a este personal, o recursos económicos.

c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la consideración de entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, según la Resolución de 23 de enero de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que
se autoriza la renovación de las entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, para el curso 2012-2013 (DOCV 6964, 13.02.2013).

d) Entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros docentes de educación de personas adultas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Gastos de personal docente contratado por la corporación local o entidad privada para la impartición de las actividades formativas señaladas a continuación, incluidas en los programas formativos del artículo 5.2 de la Ley 1/1995, de 20 de enero, de la Generalitat, de Formación
de las Personas Adultas, la regulación de los cuales es competencia de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y que figuran en los anexos I y III del Decreto 220/1999, de 23 de noviembre, del Gobierno Valenciano (DOGV 3638, 02.12.1999) y en la corrección de errores
(DOGV 3691, 18.02.2000):

Grupo 1, que incluirá:

– Educación básica de personas adultas, ciclo I y primer nivel del ciclo II (programa formativo A).

– Cursos de preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria (programa formativo B).

– Preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Técnico de Formación Profesional Específica (programa formativo B).

– Preparación de las pruebas libres para el acceso de los diferentes grados de la Formación Profesional específica (programa formativo B).

– Preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Bachiller (programa formativo B).

– Preparación de las pruebas de acceso a la Universidad, para personas mayores de 25 años (programa formativo D).

– Cursos para inmigrantes orientados al conocimiento de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana (programa formativo E.1).

Grupo 2, que incluirá:

– Cursos de promoción de los conocimientos del valenciano correspondientes a los niveles de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (programa formativo C).

– Cursos de capacitación técnica en lenguajes específicos preparatorios para la obtención de los certificados oficiales de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià (programa formativo C).

2. Otros gastos corrientes ocasionados a la corporación local o entidad privada para el sostenimiento de las actividades de educación de personas adultas.

3. En el caso de las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la consideración de entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, las ayudas económicas irán destinadas a la financiación parcial de los gastos de personal docente contratado por dichas entidades para la impartición de las actividades formativas del grupo 1.

Requisitos:

a) Haber realizado la contratación del personal docente y dado de alta en la Seguridad Social desde el inicio del curso escolar.

b) No haber subscrito ni estar prevista la subscripción de un convenio de colaboración con la Generalitat para la financiación de las actividades de educación de personas adultas desarrolladas por la corporación local o entidad privada en el ejercicio 2013.

c) Haber presentado debidamente la justificación de este mismo tipo de ayudas en la convocatoria del año anterior, en caso de haber resultado beneficiarios.

d) En el caso de entidades privadas, acreditar su condición de entidad sin ánimo de lucro.

e) En el caso de entidades privadas, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, según lo establecido en el punto 1, letra e, del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 276, 18.11.2003).

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7034
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento