Ayudas economicas para las asociaciones civicas sin finalidad lucrativa, sindicatos, asociaciones profesionales, universidades y otras entidades sin animo de lucro para el fomento del valenciano en 2015.

Código de ayuda:

S10673/15

Norma:

ORDEN 27/2015, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la convocatoria de las ayudas económicas para actividades de fomento del valenciano realizadas
durante el año 2015 por asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa, sindicatos, asociaciones profesionales, universidades y otras entidades sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Programa A.

La subvención será, como máximo, del 40 por ciento del presupuesto de los honorarios del profesorado del curso, que serán valorados en un mínimo de 1.876,20 euros, equivalentes a 31,27 euros/hora. El importe máximo de la subvención será de 750,48 euros por curso y se subvencionará un máximo de dos cursos por cada entidad. El importe de la subvención mínima no podrá ser inferior a 650 euros.

2. Programa B.

Se subvencionará hasta un máximo del 40 por ciento del presupuesto de la actividad solicitada. El
importe de la subvención máxima será de 800 euros y el de la mínima de 600 euros.

3. Programa C.

Se subvencionará hasta un máximo del 40 por ciento del presupuesto de los costes del personal adscrito. El importe máximo de la subvención será de 5.000 euros y el mínimo de 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las universidades y otras entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas.

También podrán ser beneficiarios los centros valencianos en el exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programa A. Cursos de enseñanza del valenciano destinados a personas adultas.

2. Programa B. Actividades de la entidad que tengan como objetivo favorecer, difundir y promover el uso del valenciano en la entidad o en la población en general.

3. Programa C. Funcionamiento de oficinas o servicios de la entidad de promoción del uso del valenciano.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7484
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento