Ayudas económicas para las Corporaciones Locales que mantienen conservatorios de música de grado Elemental y/o Medio y para las entidades sin ánimo de lucro que mantienen centros autorizados de enseñanzas musicales de grado Elemental y/o Medio.

Código de ayuda:

S00246/06

Norma:

ORDEN de 13 de diciembre de 2005. RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se amplía, hasta el 20 de octubre de 2006, el plazo de que disponen los beneficiarios de las subvenciones concedidas en dicha convocatoria para presentar las justificaciones en la forma establecida en la base 11, apartado 1, de la Orden de 13 de diciembre de 2005.

La Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, dentro de los límites presupuestarios que se aprueben para esta finalidad, concederá ayudas dirigidas a las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Valenciana, titulares de los siguientes centros dedicados a la enseñanza de la música:
– Conservatorios de música municipales de grado elemental y/o medio, siempre que no hayan suscrito convenios con la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte para su sostenimiento económico.
– Centros autorizados de música de grado elemental y/o medio, de conformidad con el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE de 28 de abril), de titularidad de entidades privadas sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las corporaciones locales y las entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de los centros de música indicados que estén ubicados en la Comunidad Valenciana.

Requisitos:

No podrán optar a la obtención de la subvención a que hace referencia esta convocatoria las corporaciones locales o entidades privadas sin ánimo de lucro que se encuentren en alguno de los casos siguientes:
a) En el caso de entidades privadas, no haber acreditado su condición de entidades sin ánimo de lucro.
b) Carecer de autorización administrativa para impartir las enseñanzas musicales correspondientes o no tener suscrito el convenio de reconocimiento de la validez académica oficial de las enseñanzas de música con efectos del curso escolar 2005-2006.
c) Haber suscrito un convenio con la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte para pasar a la red pública dependiente de la Generalitat Valenciana o para su sostenimiento económico.
d) No haber presentado la justificación de este mismo tipo de ayudas en caso de haber resultado beneficiarios en la convocatoria del año anterior.
e) No haber iniciado la actividad del centro de música de acuerdo con el calendario escolar.
f) Cuando la totalidad del personal docente y no docente del centro de música no se encuentre de alta en el régimen de Seguridad Social que les corresponda, según la normativa aplicable.
g) No hallarse, al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social según lo establecido por la Orden de 30 de mayo de 1996, de la Conselleria de Economía y Hacienda (DOGV nº 2.775, de 21 de junio), en cumplimiento del artículo 47.7 del Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991 (DOGV nº 1.588, de 17 de julio) y del resto de la normativa concordante.
h) Haber incumplido cualquier otro requisito exigido en esta orden de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5168
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 02/01/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5168
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/09/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5346
Documento: Ampliación plazo justificación de Expdtes. 2006. Descargar Documento