Ayudas económicas para la realización de formación práctica en empresas, destinadas a alumnos/as de ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional específica de centros dependientes de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Código de ayuda:

S45355/08

Norma:

Orden de 4 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28/07/08, excepto alumnos del ciclo medio de acuicultura y ciclo medio de buceo: 26/07/08 (consultar Artículo 3º).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Al amparo del artículo 5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se convocan ayudas para los/las alumnos/as que realicen la formación práctica en empresas correspondientes a los ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional específica en centros dependientes de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios que determinan la cuantía de las ayudas son:

1. La cuantía solicitada por día estará en función de la distancia que exista entre la empresa y el domicilio del alumno/a, según el baremo siguiente:

-Dentro de un radio de menos de 6 km: 2,5 euros.

-De 6,0 a 15,9 km: 4,5 euros.

-De 16,0 a 30,9 km: 5,5 euros.

-De 31,0 a 50 km: 7,5 euros.

-Más de 50 km (con retorno en el día): 9,5 euros

-Más de 50 km (sin retorno en el día): 30 euros

2. El número máximo de jornadas para los/las alumnos/as de los ciclos formativos serán las suficientes para completar las horas que fija el módulo de formación en los centros de trabajo. La cuantía da ayuda para los ciclos formativos no podrá superar los 750 euros en el ciclo superior de producción acuícola y los 1.015 euros en los ciclos medios de acuicultura y buceo.

3. Los/las alumnos/as con plaza en los centros residenciales de Vigo y Ferrol podrán seguir usando la residencia y el comedor durante el período de formación en centros de trabajo (en adelante FCT) si las condiciones da empresa o de embarque y de desembarque, a juicio del tutor, así lo aconsejasen.

4. Cuando la empresa esté a menos de 1 km de distancia de los centros residenciales de Vigo y de Ferrol el alumno no percibirá ninguna ayuda por el transporte.

5. Dadas las características singulares de la FCT marítimo-pesquera, en la elaboración del proyecto económico los centros seguirán los siguientes criterios:

a) Para los/las alumnos/as que hagan períodos de prácticas en tierra les serán de aplicación automática los criterios recogidos en el punto 1.

b) En los períodos de embarque percibirán una cuantía de 9 euros por día.

6. Cuando la empresa colaboradora de la FCT realice embarques o desembarques fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia el alumno percibirá una ayuda complementaria máxima total de 170 euros por los gastos da viaje. En el caso de tener derecho a esta ayuda complementaria por el embarque excluirá la percepción de la misma por el desembarque, y viceversa.

7. A los/las alumnos/as del ciclo medio de buceo que tengan que realizar la FCT fuera de su comunidad autónoma por falta de empresas relacionadas con el sector, les será de aplicación directa lo recogido en el punto 2.

8. Cuando los/las alumnos/as realicen parte de la FCT en un país extranjero y subvencionada por una entidad pública podrán completar las horas de formación práctica en la Comunidad Autónoma de Galicia con cargo a las ayudas establecidas en la presente orden aunque superen el tope establecido en el apartado 2.

9. No obstante lo anterior, si la cuantía total de las solicitudes superase el crédito disponible, queda autorizada la Dirección General de Innovación y Desarrollo Pesquero para reajustar dicha cuantía en función de la distancia, días de embarque y del presupuesto disponible. En este caso se le comunicará a los/las interesados/as la modificación efectuada.

10. El alumnado estará acogido a la mutualidad del seguro escolar y a la póliza de seguro de accidentes de trabajo y responsabilidad civil.

11. Los/las alumnos/as de los ciclos medio y superior de puente realizarán la totalidad de la FCT embarcados/as y los del ciclo medio y superior de máquinas realizarán por lo menos un 50% de la FCT en barcos de pesca o mercantes. Estos porcentajes podrán ser modificados con la autorización expresa del Servicio de Enseñanzas y Titulaciones Náutico Pesqueras, cuando circunstancias personales o familiares así lo aconsejen.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán requisitos indispensables para solicitar estas ayudas:

2.1. Que los/las solicitantes estén matriculados/as en las enseñanzas de formación profesional específica o ciclos formativos de formación profesional específica en centros de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos y cumplan los requisitos establecidos en este artículo.


2.2. Que las solicitudes del alumnado se formalicen en el modelo de impreso que figura en el anexo, que estén firmadas por el/la interesado/a y tengan el visto bueno del director/a del centro conforme reúnen todos los requisitos exigidos.


2.3. Tener aprobados todos los módulos profesionales del ciclo formativo realizados en el centro educativo.


2.4. Una declaración del conjunto de todas las solicitudes efectuadas, o concedidas, para el mismo proyecto o actividad.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La formación práctica en empresas correspondientes a los ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional específica en centros dependientes de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.


Documentos asociados

Boletín: 17/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento