Ayudas económicas para la realización de actividades de formación dirigidas al profesorado de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el año 2008 y organizadas por los movimientos de renovación pedagógica o por las asociaciones y fundaciones con fines pedagógicos, legalmente constituidas, y se aprueban sus bases reguladoras.

Código de ayuda:

S13237/06

Norma:

Orden de 13 de mayo de 2008. Orden de 28 de mayo de 2007. Orden de 18 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2º de
la Ley 9/2007, de 13 de junio (DOG del 25 de junio), de subvenciones de Galicia; ayudas económicas para
la organización durante el año 2008 de actividades de formación del profesorado, que estén homologadas
por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y dinamicen la enseñanza en gallego y, dirigidas
al profesorado y personal docente especializado de niveles no universitarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

O importe máximo total de las ayudas que se concedan es de 98.964 euros, con cargo al concepto presupuestario 09.O2.422I.481.0.

La cantidad máxima que se concederá por movimiento de renovación pedagógica o asociación no será superior a 12.000 euros.

La cuantía de las ayudas se establecerá en función del número de solicitudes, de la adecuación de los
proyectos a lo establecido en el artículo 7º de esta convocatoria y de la disponibilidad presupuestaria.
Todas las actividades que resulten seleccionadas, y siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita,
recibirán una cantidad mínima de 500 euros. La distribución del resto se hará en función del número de personas asistentes y, del número de horas reales de docencia correlativas con las acreditadas en la
memoria final de la actividad para su homologación definitiva. Se tendrá en cuenta, además, que la ayuda
total concedida a cada actividad sumada a otros recursos que se obtengan, no exceda los gastos presupuestados para ella.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones sindicales del ámbito educativo, los movimientos de renovación pedagógica, las asociaciones y fundaciones pedagógicas y secciones educativas de éstas que dependan de organizaciones de ámbito nacional, legalmente constituidas y reconocidas, cuando en sus estatutos figure como fin preferente la formación de profesorado y desarrollen sus actividades en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se financiarán prioritariamente aquellas actividades que fomenten la enseñanza en gallego y que coincidan
básicamente con los objetivos generales de la política educativa establecidos por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, especialmente los definidos en los planes de formación y que versen
sobre los siguientes temas considerados como prioritarios:

a) Diseño y desarrollo curricular.
b) Educación en valores.
c) Atención a la diversidad.
d) Atención al alumnado inmigrante.
e) Educación de adultos.
f) Modalidades, técnicas e instrumentos de evaluación.
g) Gestión y organización de centros educativos.
h) Orientación y tutoría.
i) Convivencia escolar.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/06/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/05/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
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