Ayudas economicas para la promocion de la Danza.

Código de ayuda:

S17282/12

Norma:

ORDEN de 18 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones de concesión de subvenciones para actividades de danza que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes:

a) Modalidad de Creación coreográfica: personas físicas empadronadas en cualquier Municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Para el resto de modalidades será imprescindible el cumplimiento de los dos siguientes requisitos:

b.1.– Ser personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de «Comunidad de bienes».

b.2.– Estar dado/a de alta, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables al amparo de esta convocatoria serán aquellas que se especifican y describen en los capítulos correspondientes a cada una de las siguientes modalidades:

– Cap. II: Creación coreográfica.
– Cap. III: Consolidación de compañías de danza.
– Cap. IV: Producción de obras de danza.
– Cap. V: Formación permanente y apoyo a profesionales de la danza.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Bases y Convocatoria 2012 Descargar Documento