Ayudas económicas para la organización de actividades de formación del profesorado.
Código de ayuda:
S12419/04Norma:
Orden de 30 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/06/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actividades de formación permanente durante el año 2004 dirigidas al profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario.Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El límite máximo subvencionable en gastos de material y/o gastos generales aplicados a las actividades será de 600 euros.La financiación en concepto de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento no podrá superar el 25% del total de gastos de la actividad.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
— Movimientos de Renovación pedagógica.— Asociaciones de profesorado.
— Organizaciones Sindicales representativas del Profesorado.
— Cualquier otra entidad sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se recoja, de forma expresa y clara, la formación del profesorado entre sus objetivos o finalidades.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Aquellas actividades incluidas en el plan de formación de la entidad para 2004, hasta un máximo de 15, de las cuales no más de 2 se podrán realizar por procedimientos a distancia, que reúnan los siguientes requisitos:a) Adaptarse a la modalidad de cursos.
b) Dirigirse al profesorado de niveles previos a la Universidad.
c) Celebrarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Realizarse durante el año 2004.
e) Ajustarse en cuanto al número de participantes y a la duración según se establece a continuación:
PARTICIPANTES DURACION (HORAS)
10 Mínimo 10 Mínimo 100 Máximo
Requisitos:
Con carácter general:a) Tener su sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su defecto, disponer de delegación u oficinas operativas estables en el ámbito geográfico de esta Comunidad Autónoma.
b) Haber suscrito Convenio de colaboración con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la formación permanente del profesorado en el momento de la presentación de la solicitud.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) En su caso, haber justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
e) No haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o en su caso haber acreditado su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
03/05/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 50
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 50
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