Ayudas económicas para la organización de actividades de formación del profesorado.

Código de ayuda:

S12419/04

Norma:

Orden de 30 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades de formación permanente durante el año 2004 dirigidas al profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo subvencionable en gastos de material y/o gastos generales aplicados a las actividades será de 600 euros.

La financiación en concepto de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento no podrá superar el 25% del total de gastos de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

— Movimientos de Renovación pedagógica.
— Asociaciones de profesorado.
— Organizaciones Sindicales representativas del Profesorado.
— Cualquier otra entidad sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se recoja, de forma expresa y clara, la formación del profesorado entre sus objetivos o finalidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellas actividades incluidas en el plan de formación de la entidad para 2004, hasta un máximo de 15, de las cuales no más de 2 se podrán realizar por procedimientos a distancia, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Adaptarse a la modalidad de cursos.
b) Dirigirse al profesorado de niveles previos a la Universidad.
c) Celebrarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Realizarse durante el año 2004.
e) Ajustarse en cuanto al número de participantes y a la duración según se establece a continuación:
PARTICIPANTES DURACION (HORAS)
10 Mínimo 10 Mínimo 100 Máximo

Requisitos:

Con carácter general:
a) Tener su sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su defecto, disponer de delegación u oficinas operativas estables en el ámbito geográfico de esta Comunidad Autónoma.
b) Haber suscrito Convenio de colaboración con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la formación permanente del profesorado en el momento de la presentación de la solicitud.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) En su caso, haber justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
e) No haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o en su caso haber acreditado su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 50
Documento: Convocatoria Descargar Documento