Ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de equipos técnicos, para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones y para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños, así como de promoción de conductas saludables.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37146/16

Norma:

ORDEN de 20 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la convocatoria de subvenciones para el año 2016 en el área de la salud pública y las adicciones, para la creación y el mantenimiento de los equipos municipales de prevención de las adicciones; para el desarrollo de programas específicos municipales de prevención comunitaria de las adicciones; y para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños, así como de promoción de conductas saludables en estos ámbitos de actuación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Departamento de Salud podrá financiar hasta un 75% del coste de personal correspondiente al ejercicio 2016 de los citados equipos técnicos. La base sobre la que se aplicará el citado porcentaje no será superior a las siguientes cuantías:

– Personal técnico superior a jornada completa, 45.470 euros brutos anuales (importes de retenciones y Seguridad Social incluidos).

– Personal técnico media a jornada completa, 37.245 euros brutos anuales (importes de retenciones y Seguridad Social incluidos).

– Personal administrativo a jornada completa, 30.024 euros brutos anuales (importes de retenciones y Seguridad Social incluidos).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de equipos técnicos:

Podrán acogerse a las ayudas para la creación y el mantenimiento de equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones las entidades locales (ayuntamientos o mancomunidades) de la CAPV con población superior a 8.000 habitantes, siempre que tengan aprobado o en fase de elaboración un plan local de adicciones y lleven a cabo actividades de promoción de conductas saludables en este ámbito.

Ayudas para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones:

Podrán acogerse a las ayudas para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones, aquellas entidades locales que gestionen, directamente o en colaboración con entidades especializadas, programas de prevención comunitaria de las adicciones en su ámbito territorial, entendiéndose por tales aquellos que, tienen por objeto potenciar la capacidad de la comunidad social, desarrollando actividades destinadas a abordar el fenómeno de las adicciones, a promover conductas saludables en este ámbito y a la promoción de la educación para la salud.

Ayudas para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en el presente Capítulo las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, que realicen proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños de adicciones, y de promoción de conductas saludables en este ámbito de actuación durante el año 2016.

Requisitos:

Ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de equipos técnicos:

– Poseer la capacitación profesional adecuada para una eficaz ejecución de la política de prevención
comunitaria de las adicciones y de promoción de conductas saludables en este ámbito a desarrollar en el País Vasco.

– El equipo técnico actuará siguiendo las directrices de la entidad local solicitante, que asumirá
el coste económico derivado de la contratación de dichos equipos técnicos.

Ayudas para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes
registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.

c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

d) Adecuación a las normas y programación de la Administración.

e) Sometimiento de sus proyectos y presupuestos al control de los poderes públicos.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 182
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento