Ayudas economicas para la atencion de la primera infancia a traves del cheque infantil en escuelas infantiles 0-3 no sostenidas con fondos publicos para el año 2010.
Código de ayuda:
S38900/10Norma:
Orden de 9 de junio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas económicas para la atención de niñas/os de 0 a 3 años en escuelas infantiles 0-3 no sostenidas con fondos públicos mediante el programa del cheque infantil.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima subvencionable será la diferencia resultante entre el importe máximo por plaza según la modalidad y la aportación que, en su caso, corresponda abonar a la persona beneficiaria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1. Reserva de plaza.Al objeto de dar continuidad a las plazas adjudicadas en el curso 2009/2010, tendrán preferencia para
la concesión de las ayudas previstas en esta orden las personas con responsabilidad sobre niñas/os de 0 a 3 años que en el curso 2009/2010 tuvieran reconocida esta ayuda. En todo caso, deberán cumplir los requisitos establecidos en esta orden para ser persona beneficiaria y solicitar la reserva de la plaza adjudicada en el año anterior.
2. Nuevas solicitudes de plaza.
Asimismo, podrán ser beneficiarias del programa cheque infantil, las personas con responsabilidad sobre niñas/os de 0 a 3 años:
a) Solicitantes de plazas, en las modalidades de asistencia y asistencia con comedor, en escuelas infantiles 0-3 sostenidas con fondos públicos y que non resultaran adjudicatarias/os de una de ellas por falta de plazas disponibles. Se considerarán solicitantes siempre que ejerciesen la opción por el programa cheque infantil en la solicitud de la plaza. En este caso, estas personas solicitantes en lista de espera, no tendrán que presentar la solicitud de la ayuda regulada en esta orden.
b) Solicitantes residentes en localidades donde no existan escuelas infantiles 0-3 sostenidas con fondos
públicos y deseen obtener plaza en las modalidades de asistencia y asistencia con comedor, en algún centro partícipe del programa existente en el ayuntamiento de residencia, en otro que sea limítrofe o bien en el ayuntamiento donde trabajen las/os madres/padres o tutores legales.
c) Solicitantes de plazas en horario de tarde.
Las personas que estén en los supuestos b) y c) anteriores, deberán presentar la solicitud y la documentación correspondiente de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º.2 de esta orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Provisión y cobertura total o parcial del coste de la plaza adjudicada en una escuela infantil 0-3 no sostenida con fondos públicos a las personas solicitantes con niñas/os entre 0 y 3 años a cargo que deseen acogerse a los beneficios del programa cheque infantil.Requisitos:
La persona beneficiaria participará, en su caso, en el pago de la cuantía de la plaza según los precios y tramos de renta fijados en el Decreto 70/2002, de 28 de febrero, por el que se aprueba el régimen de precios de las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Xunta de Galicia.1. Para ser persona beneficiaria de las ayudas las/os solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener una/un niña/o a cargo nacida/o con posterioridad al 31 de diciembre de 2007.
b) No disponer de otras ayudas para igual o análoga finalidad otorgadas por otros organismos o instituciones públicas.
c) Que la renta per cápita mensual de la unidad familiar no supere 1.000 euros.
2. Las/os solicitantes que estén en el supuesto del artículo 3º.2 deberán acreditar además de los anteriores,
los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos la/el niña/o a cargo 3 meses en la fecha de ingreso.
b) Tener presentada la solicitud de plaza y quedar en la lista de espera para el ingreso en una escuela
infantil 0-3 sostenida con fondos públicos, en el supuesto del artículo 3º.2 a).
c) Que existan plazas correspondientes al grupo de edad de la/el niña/o en los centros partícipes del programa en el ayuntamiento de residencia de la persona beneficiaria, en otro que sea limítrofe o bien en el ayuntamiento donde trabajen los padres o tutores legales.
Documentos asociados
Boletín:
14/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento