Ayudas económicas para la Organización de Actividades de Formación del Profesorado.

Código de ayuda:

S25591/04

Norma:

Orden de 8 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de competencia competitiva ayudas económicas a instituciones sin ánimo de lucro, asociaciones sindicales y otras organizaciones, para la realización de actividades de formación permanente dirigidas al profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El límite máximo subvencionable en gastos de material y/o gastos generales aplicados a las actividades será de 600 euros.
- La financiación en concepto de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento no podrá superar el 25% del total de gastos de la actividad.
- El límite máximo subvencionable de gastos de dirección, coordinación, gestión, secretaría y planificación aplicados a las actividades será de 600 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las siguientes entidades:
—Movimientos de Renovación pedagógica.
—Asociaciones de profesorado.
—Organizaciones Sindicales representativas del Profesorado.
—Cualquier otra entidad sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se recoja, de forma expresa y clara, la formación del profesorado entre sus objetivos o finalidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ocasionados por la realización de actividades de formación permanente que cada entidad realice al amparo de esta Orden.
Estas ayudas no incluirán ni inversiones en infraestructura, en equipamiento (informático, etc.), ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los conceptos de gastos inherentes a la propia realización de las actividades.

Podrán ser objeto de ayuda aquellas actividades incluidas en el plan de formación de la entidad para 2005, hasta un máximo de 15, de las cuales no más de 2 se podrán realizar por procedimientos a distancia.

Requisitos:

Con carácter general:
a) Tener su sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su defecto, disponer de delegación u oficinas operativas estables en el ámbito geográfico de esta Comunidad Autónoma.
b) Tener suscrito Convenio de colaboración con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la formación permanente del profesorado en el momento de la presentación de la solicitud.
c) Haber renovado o estar en trámite de renovación del mencionado convenio, mediante addenda, donde se especifica el Plan de Formación para el periodo que marca la presente Orden.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
e) En su caso, haber justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
f) No haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o en su caso haber acreditado su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Anexos Descargar Documento